Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 29/4/1994

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA (CORDOBA)

EDICTO.

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Don Francisco Pulido Aguilar, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba).

HACE SABER:

Que el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 29 de julio de 1993, aprobó las Bases que han de regir en la Convocatoria del Concurso Oposición para la provisión, por Promoción Interna, de una plaza de Cabo de la Policía Local, vacante en la Plantilla de Funcionario de esta Corporación, y cuyo texto literal es como sigue:

Bases que han de regir en el Concurso-Oposición, convocado por este Ayuntamiento, para la Provisión de una plaza de Cabo de la Policía Local, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, por el sistema de Promoción Interna, aprobada por el Pleno Corporativo en sesión celebrada el día 29 de julio de 1993.

BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO-OPOSICION PARA LA PROVISION POR PROMOCION INTERNA, DE UNA PLAZA DE CABO DE LA POLICIA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE ESTE AYUNTAMIENTO

1.Objeto de la convocatoria: Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad de una plaza de Cabo de la Policía Local, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales (Policía Local y sus Auxiliares), Grupo de Clasificación D, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y artículo 38 y concordantes de la Ley 1/89, de 8 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales, dotada con las retribuciones básicas y complementarias correspondientes a tal clasificación, siendo la edad de jubilación a los 65 años.

2.Condiciones de los aspirantes: Para tomar parte en esta Convocatoria, serán requisitos imprescindibles los siguientes:

a)Pertenecer a la plantilla de Policía Local de este Ayuntamiento, con una antigüedad de, al menos, 2 años en el cuerpo.

b)Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

c)No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

3.Presentación de Instancias: Los que deseen tomar parte en el Concurso-Oposición, deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en la que manifiesten expresamente que reúnen los requisitos exigidos en la Base anterior, y la presentarán en el Registro General durante el plazo de veinte días hábiles, de nueve a catorce horas, a partir del día siguiente, también hábil, al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, junto con el resguardo de haber ingresado en la Depositaría Municipal la cantidad de 2.000 pesetas, en concepto de derechos de examen. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso, acompañarán a sus instancias los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta. Los documentos habrán de ser originales, legalizados mediante documento notarial o, en caso de presentarse fotocopias, debidamente compulsadas por la Secretaría General, previa exhibición del original.

4.Admisión de los aspirantes: Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía o la Comisión de Gobierno, en su caso, aprobará la lista de aspirantes admitidos y excluidos, la cual se hará pública en el Tablón de Anuncios de esta Corporación y en el B.O. de la Provincia. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado, estableciéndose un plazo de 10 días para subsanarlos.

Los aspirantes excluidos podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la lista.

5.Tribunal calificador: El Tribunal estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, que actuará con voz y voto.

Vocales: Un representante del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

Un representante de la Junta de Andalucía, que forme parte del Profesorado de la Escuela de Seguridad Pública de la Junta de Andalucía. Un funcionario de la Corporación, designado por la Junta de Personal, que esté en posesión de titulación académica igual o superior a la exigida para los aspirantes a esta Convocatoria.

La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, y Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

6.Desarrollo del proceso selectivo: El sistema de selección será el de Concurso-Oposición.

1.Fase de Concurso. El Tribunal valorará en primer lugar los méritos conforme al baremo que se une como Anexo I y se hará público en el Tablón de Edictos de la Corporación, antes del comienzo de los ejercicios de la Oposición.

2.Fase de Oposición. Contará de las siguientes pruebas físicas:

Primer ejercicio.Constará de las siguientes pruebas físicas:

a)Carrera de Velocidad, de 100 metros lisos, en un tiempo no superior a 14

20 segundos.

b)Carrera de resistencia, de 1.000 metros lisos, en un tiempo máximo de 5 minutos.

c)Salto de longitud, de 2 metros, en tres intentos.

Segundo ejercicio.Este ejercicio será escrito, y consistirá en contestar un test de cuarenta preguntas, con tres posibles respuestas cada una de ellas, del programa expuesto en el anexo.

El tiempo de duración del ejercicio no será superior a una hora y treinta minutos.

La puntuación de cada respuesta acertada será de un punto y de cero puntos las no acertadas, resultando elegido el aspirante con mayor puntuación. En el caso de igualdad de puntuación entre dos o más aspirantes, será elegido aquél con mayor antigüedad en la plantilla.

Tercer ejercicio.Consistirá en formular dos partes, informes o denuncias sobre supuestos que facilitará el Tribunal, referidos a los siguientes aspectos: denuncia de tráfico; partes de denuncia por ejecución de obras sin licencia municipal; parte de denuncia sobre fuga de agua a la vía pública; denuncia por infracción de Ordenanzas; parte de actuación de la Policía Local por comisión de un delito o falta; informe de convivencia o circunstancias familiares de unos vecinos o cualquier supuesto semejante, a juicio del Tribunal, relacionado con el cometido del cargo al que se aspira. Este ejercicio habrá de desarrollarse en el plazo máximo de uno hora. Los ejercicios de la Oposición serán calificados por cada miembro del Tribunal, otorgando una puntuación de cero a diez puntos. La Calificación de cada ejercicio será la media aritmética de las otorgadas por los miembros del Tribunal, quedando eliminado el opositor que no alcance una media de 5 puntos en cada uno de ellos.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición y, en su caso, de la otorgada en la fase de concurso.

7.Relación de aprobados y nombramientos: Comunicada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará la relación de aprobados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación con propuesta de nombramiento, que tendrá carácter vinculante. Al mismo tiempo, remitirá a dicha autoridad, a los solos efectos del art. 20 del Reglamento General del Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, el Acta de la última sesión, en la que habrán de figurar por orden de puntuación, todos los aspirantes que habiendo superado las pruebas, excediesen del número de plazas convocadas.

Bajo ningún concepto, las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorgarán derecho alguno a los aspirantes, salvo los propuestos por el Tribunal.

Dado que los aspirantes a este Concurso-Oposición tienen la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos acreditados para obtener su anterior nombramiento. Una vez aprobada la propuesta de nombramiento por la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento, se publicará en el B.O. del Estado, debiendo los opositories tomar posesión de su cargo en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de aquel en que se le notifique el nombramiento.

8.Derecho supletorio: En lo no previsto en estas Bases será de aplicación, el Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio y demás normativa aplicable.

9.Impugnaciones: La convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.

10.Incidencias: El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se planteen y tomar los acuerdos necesarios para el normal desarrollo de este concurso-oposición.

11.Curso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. El aspirante que resulta elegido de los ejercicos anteriores, deberá realizar el correspondiente curso en la E.S.P.A., con el fin de que por dicho centro se remita el pertinente informe a este Ayuntamiento para su valoración definitiva, en las pruebas de ingreso en la escala básica de cabo.

ANEXOI

BAREMO QUE HA DE REGIR EN EL CONCURSO DE MERITOS

A)Por cada año, o fracción, de servicio en el Ayuntamiento de La Carlota, como Guardia de la Policía Local, un punto, hasta un máximo de diez puntos, extremo éste que se acreditará mediante el correspondiente certificado del Ayuntamiento, y que abarcará hasta la fecha de presentación de la solicitud.

B)Por cada año, o fracción, de servicio, desempeñando trabajo propios de la plaza objeto de esta convocatoria, un punto, hasta un máximo de cinco puntos, extremo éste que se acreditará igualmente con certificación del Ayuntamiento, y que abarcará hasta la fecha de presentación de la solicitud.

C)Por cada curso de formación o perfeccionamiento, cero coma cinco puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

ANEXOII

PROGRAMA DEL SEGUNDO EJERCICIO

Tema primero.Ley de Seguridad Vial. Normas Generales Circulación.

Tema segundo.Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor.

Tema tercero.Accidentes de circulación. Definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.

Tema cuarto.Delitos y Faltas. Concepto, circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema quinto.Delitos de los Funcionarios Públicos en el ejercicio de sus cargos. Delitos contra la Autoridad y sus Agentes.

Tema sexto.Delito contra las personas. Delitos contra la propiedad.

Tema séptimo.Derechos del Detenido. Ley Orgánica 6/84 de «Habeas Corpus«. Entrada y Registro en lugar cerrado.

Tema octavo.El Atestado Policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tema noveno.Ley 1/89, de Coordinación de Policías Locales.

Tema décimo.La actividad de los Policías Locales. Funciones según la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos preceptuados en los artículos 91 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y 6.o del Real Decreto

896/91, de 7 de junio.

La Carlota, 22 de marzo de 1994

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