Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 4/5/1994

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 81/1994, de 12 de abril, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de la Presidencia.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Decreto 186/85, de 28 de agosto, atribuye al Gabinete Jurídico, de conformidad con el art. 50 de la Ley del Gobierno y la Administración, las funciones de defensa y representación en juicio de la Administración de la Junta de Andalucía, así como su asesoramiento jurídico. En este contexto, las plazas de Letrado del Gabinete Jurídico, en la relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de la Presidencia, aparecían adscritos al Cuerpo Facultativo.

La Ley de 8/93, de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía, en su Disposición Adicional Segunda, crea el Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, atribuyéndole las funciones de representación en defensa en juicio en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el asesoramiento en Derecho de ésta y del Consejo Consultivo de Andalucía. Para dar cumplimiento a esa previsión es necesario modificar la R.P.T. de la Consejería de la Presidencia para que las plazas de Letrados del Gabinete Jurídico se adscriban al nuevo Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía. Igualmente, la necesidad de continuar el proceso de reforzamiento de las funciones de asesoramiento jurídico, en especial en el ámbito de las diversas Consejerías, así como atender a las necesidades de organización y división del trabajo que se van planteando, aconsejan introducir diversas modificaciones en la R.P.T. de esa Unidad. De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 7/1990 de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 12 de abril de 1994.

DISPONGO

Artículo Unico. Se aprueba la modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo del Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia según el anexo del presente Decreto.

DISPOSICION ADICIONAL

Por la Consejería de Economía y Hacienda y dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes en las distintas Consejerías, se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto y disposiciones derivadas de su desarrollo.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas las anteriores disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan al contenido del presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.Se autoriza al Consejero de Gobernación para dictar normas en desarrollo del presente Decreto así como en la aplicación del mismo, con objeto de adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio deducidas de la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía y sin perjuicio de las competencias que reglamentariamente tenga atribuidas el Consejero de la Presidencia.

Segunda.El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de abril de 1994

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF