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Producida la vacante de Delegado de Gobernación de Córdoba, de conformidad con el Decreto 93/1994, de 3 de mayo, se hace necesario, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 1/1986, de 8 de enero, que establece las facultades de Coordinación del Delegado de Gobernación, atribuir las funciones del mencionado cargo a un/a Delegado/a Provincial perteneciente a otra Consejería.
En su virtud, de acuerdo con la Consejería de Asuntos Sociales vengo en disponer:
Artículo Unico.Producida la vacante del Delegado de Gobernación de Córdoba, corresponderá ejercer las funciones atribuidas a aquél a la Delegada Provincial de Asuntos Sociales en Córdoba, Dña. Presentación Fernández Morales.
Sevilla, 4 de mayo de 1994
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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