Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 10/5/1994

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GRANADA

EDICTO. (PP. 1180/94).

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El Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Granada

HACE SABER: Que ante este Juzgado se siguen autos de Juicio de Banco Hipotecario de España S.A. número 01609/1991, a instancia de Banco Hipotecario de España S.A. representado por el Procurador D/ña. M.a Luisa Sánchez Bonet contra Rafael Aguilera Lupión y Josefa Rodríguez Rubio, acordándose sacar a pública subasta los bienes que se describen, la que tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado:

Primera subasta: El día 9 de mayo de 1995 y hora de las diez de la mañana, y por el tipo de tasación.

Segunda subasta: El día 2 de junio de 1995 y hora de las diez de la mañana, y con rebaja del veinticinco por cien del tipo de tasación. Tercera subasta: El día 27 de junio de 1995 y hora de las diez de la mañana, sin sujeción a tipo.

CONDICIONES

1.Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán consignar previamente en el establecimiento al efecto una cantidad no inferior al 20% del tipo en primera y segunda subasta y el 20% del tipo de segunda, en tercera subasta.

2.El remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero, en los casos establecidos en la Ley, dentro de los ocho días siguientes, consignándose previa o simultáneamente el precio del remate.

3.Los autos y certificación del Registro de la Propiedad, están de manifiesto en Secretaría donde podrán ser examinados, entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante la titulación, y que las cargas y gravámenes, anteriores o preferentes al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate.

4.Que a instancia del actor, podrá reservarse el depósito de aquellas posturas, que cubra el tipo de licitación, para el supuesto de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones.

5.Para el caso de que el bien que sale a subasta sea el derecho de traspaso de local de negocio, se hace saber que el rematante se obliga a mantener por lo menos durante un año el local destinado a la misma actividad que hoy tiene, y a no traspasarlo durante un año.

6.Sirviendo el presente, para en su caso, de notificación al deudor, por si lo estima conveniente, libere, antes del remate, sus bienes, pagando principal y costas.

FINCAS OBJETO DE SUBASTA

Vivienda de tipo A-izquierda, en planta sexta, del Edificio I, de Protección Oficial Promoción Privada, del Complejo Urbano, en el paraje de Aguadulce, término de Roquetas de Mar, señalada con el número veintitrés de los elementos individuales del Complejo. Se compone de vestíbulo, cocina, estar comedor, pasillo, tres dormitorios, dos baños y terraza. Tiene una superficie construida de noventa y dos metros setecientos ochenta y seis milímetros cuadrados, más siete metros y novecientos noventa y dos milímetros cuadrados de parte proporcional en servicios comunes, en total cien metros setecientos setenta y ocho milímetros cuadrados. Y una superficie útil de ochenta y cinco metros y ciento ochenta milímetros cuadrados. Linda: al Norte, vivienda B izquierda de su misma planta, caja de ascensor y distribuidor de planta; al Sur y Este, con vuelos de la parcela en que está enclavada; y al Oeste, con la vivienda A derecha de su misma planta. Finca registral número 16.943.

Ha sido valorada en seis millones setecientas veinte mil pesetas.

Dado en Granada, a diecisiete de marzo de mil novecientos noventa y cuatro. El Secretario.

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