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En el expediente instruido por el Ayuntamiento de Bélmez (Córdoba) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l; 47.3.k, 79, 80 y
81 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 76 y 79 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; artículos 7, 8, 109, 115, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de enajenación de bienes mediante pública subasta, cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación (artículo 3º 9 del Decreto 29/1986 de 19 de febrero). En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1º Prestar conformidad a la enajenación, mediante pública subasta, de solar de 1.000 m2 de superficie, propiedad del Ayuntamiento de Bélmez (Córdoba), situado entre calles de nueva creación en el Polígono de San Antonio.
2º Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Bélmez (Córdoba).
3º Ordenar su publicación en el B.O.J.A.
Córdoba, 26 de abril de 1994.-El Delegado, Rafael Ortega Cruz.
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