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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 9 de diciembre de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3403/91, promovido por Huarte, S.A. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Desestimar sustancialmente el recurso interpuesto por el Procurador Sr. Calderón Seguro en nombre de «Huarte, S.A.« contra resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía de 13 de mayo de 1991, desestimatoria de alzada contra otra de la Delegación Provincial de Cádiz de 8 de noviembre de 1990, que le impuso la multa de quinientas mil pesetas, por infracción en materia de seguridad en el trabajo, por ser conforme con el ordenamiento jurídico, excepto en la cuantía de la sanción que rebajamos a cien mil pesetas. Sin costas.
Sevilla, 26 de abril de 1994.-El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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