Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 24/5/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 12 de mayo de 1994, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se publica la concesión de la subvención específica que se cita.

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En uso de las Facultades que me confiere el Decreto 208/92, de 30 de diciembre, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud, esta Dirección Gerencia ha resuelto anunciar la concesión de subvención que se indica con los requisitos que asimismo se señalan. Servicio Andaluz de Salud. Servicios Centrales Resolución de 4 de abril de 1994, por la que se concede una subvención específica por razón del objeto, al Ayuntamiento de Andújar para la Adecuación del antiguo Hospital Municipal. El derecho a la protección de la salud reconocido en el art. 43 de la Constitución Española se efectiviza proporcionando a los ciudadanos los medios imprescindibles para que el referido derecho se realice. Medios que los poderes públicos están obligados a proporcionar. La Ley 8/86, de 6 de mayo, de creación del Servicio Andaluz de Salud establece que este Organismo es el responsable de la gestión y prestación sanitaria de los servicios públicos que se le adscriben. Por todo cuanto antecede, dada la necesidad de mejorar las prestaciones sanitarias a la población de Andújar, y su entorno, cuyo dispositivo asistencial actual, soporta una necesidad que hace necesaria la Adecuación del Antiguo Hospital Municipal, hoy Centro de Especialidades y Dirección del Distrito, y visto el expediente presentado al efecto por la Oficina de Ordenación Funcional e Inversiones de estos Servicios Centrales del S.A.S. (Dirección General de Gestión de Recursos), para conceder una subvención específica por razón del objeto por importe de ocho millones quinientas mil pesetas (8.500.000 ptas.), no siendo posible la concurrencia en la oferta y existiendo crédito presupuestario en estos Servicios Centrales del S.A.S. para otorgar la subvención, es por lo que en virtud de las facultades que legalmente me vienen atribuidas y de acuerdo con lo establecido en el art.

21.3 de la Ley 9/93, de 30 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1994, en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto, y en ejercicio de las facultades que me confiere el art. 11 de la Ley 5/83, de 19 de julio de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, por este Organismo Autónomo se ha dispuesto lo siguiente:

Primero:Autorizar la concesión de una subvención al Ayuntamiento de Andújar, para la Adecuación del Antiguo Hospital Municipal, por un importe de ocho millones quinientas mil pesetas (8.500.000 ptas.).

Segundo:El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior de la presente Resolución. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero:Acordar la firma de un Convenio de Cooperación, con el Ayuntamiento de Andújar, en el que se recojan las obligaciones derivadas de esta subvención.

Sevilla, 12 de mayo de 1994.-El Director Gerente, Ignacio Moreno Cayetano.

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