Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 1/6/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 25 de mayo de 1993, del Instituto de Estadística de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria de ayudas a proyectos de investigación estadística.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía regula los principios y normas en que se ha de basar la actividad estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, entre otras funciones, el impulso y fomento de la investigación estadística que contribuya a mejorar el conocimiento de la realidad social y económica de Andalucía.

De igual forma, la Ley 6/1993 de 19 de julio, del Plan Estadístico de Andalucía 1993-1996 contempla entre los objetivos generales del citado Plan de fomento de todas aquellas actuaciones que garanticen la calidad de las estadísticas, fundamentalmente las de investigación y formación de personal estadístico especializado.

En consecuencia, estimándose necesario incentivar la investigación estadística en nuestra Comunidad Autónoma, y de conformidad con la Consejería de Educación y Ciencia dentro del Plan Andaluz de Investigación, este Organismo ha resuelto:

Primero. Convocar ayudas a proyectos de investigación estadística, con arreglo a las bases que se detallan en el Anexo I a esta Convocatoria.

Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. aquellas

Sevilla, 25 de mayo de 1994.- El Director, Rafael Martín de Agar y Valverde.

ANEXO I

CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACION ESTADISTICA

1.- Objeto.

El Instituto de Estadística de Andalucía convoca ayudas para promover la realización de trabajos de investigación de calidad sobre temas relacionados con el área de la Estadística Pública de interés para la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2.- Solicitantes.

Podrán acogerse a esta convocatoria los grupos de investigación o personas con acreditada capacidad investigadora encuadradas en unidades de investigación pertenecientes a Entes públicos con personalidad jurídica propia, que tengan capacidad suficiente de obrar.

Las ayudas previstas en esta convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto de los proyectos presentados. Por tanto los citados proyectos pueden disfrutar de ayudas o subvenciones de otras Administraciones Públicas o de otros Entes públicos o privados, nacionales o no, sin que esta circunstancia suponga un impedimento a la hora de concurrir a la presente convocatoria, pero sin que en ningún caso la suma total de subvenciones supere el coste real de la actividad subvencionada.

Ningún investigador principal podrá ser beneficiario de más de un proyecto de la presente convocatoria y ningún miembro del equipo podrá participar simultáneamente en más de dos proyectos de investigación de la misma convocatoria, debiendo constar en cada proyecto, en caso de que un investigador participe en otro, el nombre de este último.

3.- Contenido de los proyectos

Los proyectos de investigación que se presenten a esta convocatoria deberán referirse a alguno de los apartados siguientes:

A) Desarrollo de Metodologías para estudio o tratamiento estadístico de datos relacionados con alguno de los temas que se señalan a continuación:

-Indicadores Comerciales.

-Indicadores Culturales.

-Indicadores Económicos.

-Infraestructuras y Transportes.

B) El Estudio y análisis integrado de indicadores de calidad de vida, nivel socioeconómico, educación, ocupación profesional, morbi-mortalidad...etc..

C) Estudios de tipificación, caracterización y clasificación de áreas territoriales o administrativas basados en conjuntos de indicadores multitemáticos.

D) Desarrollo de metodologías estadísticas específicas para diseño y validación de cuestionarios.

E) Explotaciones monográficas de Censos o Encuestas relacionados con temas de interés general para la Estadística Pública de Andalucía.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF