Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 1/6/1994

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Otros. AYUNTAMIENTO DE UBEDA (JAEN)

ANUNCIO de bases.

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1ª. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad mediante concurso de una plaza de Recaudador, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento e incluida en la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento correspondiente a 1991, dotada con el sueldo, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos establecidos o que se puedan establecer de acuerdo con las disposiciones vigentes y encuadrada, a tenor de lo previsto en el artículo

45 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Grupo A.

2ª. Para tomar parte en el presente concurso será necesario que los interesados reúnan las siguientes condiciones:

a). Nacionalidad española.

b). Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa.

c). Estar en posesión del Título de Licenciado en Derecho.

d). No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e). No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f). No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para ser nombrado funcionario prevista en la Ley de Incompatibilidades y demás disposiciones aplicables.

3ª. Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las presentes bases, que se comprometen a prestar juramento o promesa en los términos legalmente previstos con carácter previo a la toma de posesión y a constituir fianza garante de su gestión en cuantía equivalente al 1% del promedio anual del cargo en voluntaria con carácter previo al nombramiento, se dirigirán al Sr. Alcalde y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al en que aparezca el anuncio de la convocatoria en extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias también podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de

2.500 Pts, serán satisfechos por los aspirantes al presentar la instancia y sólo serán devueltos en el supuesto de no ser admitidos a dicho concurso. Dichas instancias irán acompañadas del resguardo acreditativo del ingreso de los derechos de examen en la Recaudación Municipal.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde procederá a la aprobación de la lista de admitidos y excluidos, pudiendo los aspirantes excluidos subsanar las deficiencias en su caso, en el plazo de diez días previstos en el artículo

71-1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, el Sr. Alcalde procederá al nombramiento del Tribunal Calificador que se hará público junto con la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente. En dicho Edicto se determinará el lugar, fecha y hora en que se constituirá el Tribunal que procederá a la resolución del concurso examinando la documentación acreditativa de los méritos acreditados por los aspirantes documentalmente presentados junto con la instancia y de acuerdo con el baremo de méritos que se incluye en las presentes bases.

4ª. El Tribunal Calificador del concurso estará constituido de conformidad con lo establecido en el Decreto 896/1991 de 7 de junio y Decreto 2223/1994, de 19 de diciembre, en la siguiente forma:

Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue. Vocales:

El Jefe del Servicio respectivo.

El Interventor de Fondos de este Ayuntamiento.

Un funcionario designado por la Junta de Personal en representación de los funcionarios.

Un representante designado por la Junta de Andalucía.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

5ª. La calificación de los aspirantes será realizada por el Tribunal examinando los méritos acreditados por los aspirantes con la solicitud para tomar parte en el presente concurso. Dichos méritos deberán referirse como máximo a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias para tomar parte en esta convocatoria.

Los servicios prestados en plaza de funcionario de este Ayuntamiento serán acreditados mediante certificación expedida por el Sr. Oficial Mayor del mismo.

Dichos méritos serán valorados de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Por experiencia profesional en plaza de funcionario de igual categoría, contenido y funciones, 1 punto por año, con un máximo de 5 puntos.

2. Por experiencia profesional en otras plazas de funcionario correspondientes al grupo A relativas a gestión económica,

1 punto por año, con máximo de 3 puntos.

3. Por experiencia profesional en otras plazas de funcionario de distinto contenido y funciones a las anteriormente indicadas pertenecientes al Grupo A, 0,30 puntos por año, máximo

2 puntos.

4. Por asistencia a cursos o jornadas convocados por la Administración Pública u Organismo Oficial, en materia de Recaudación,

0,30 puntos por curso o jornada, con un máximo de 2

puntos.

5. Por otros méritos debidamente acreditados por el aspirante y libremente valorados por el Tribunal en base a la importancia de los mismos en materia de Recaudación y Gestión Económica, hasta 5 puntos.

Cuando se trate de fracciones de año se aplicará proporcionalmente la puntuación correspondiente por el tiempo de experiencia acreditado.

6ª. El aspirante que hubiera obtenido la mayor puntuación como resultado de la aplicación del baremo de méritos del presente concurso será el único aspirante aprobado en dicho con

curso siendo propuesto por el Tribunal Calificador para su nombramiento. El aspirante propuesto presentará en el plazo de veinte días naturales en la Secretaría de este Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria. La constitución de la fianza la llevará a cabo el aspirante propuesto en el plazo indicado mediante aval bancario que deberá ser ingresado en este Ayuntamiento. Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentare la documentación referida, no podrá ser nombrado quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7ª. El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en las presentes bases y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 896/1991, de 7 de junio, Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto

2223/84, de 19 de diciembre, Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local, Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y demás disposiciones aplicables.

8ª. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, podrán ser impugnados por los

interesados respectivos así como la actuación del Tribunal Calificador, en los casos y formas establecidos por la Ley 30/1992 de

26 de diciembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ubeda, 14 de febrero de 1994.- El Alcalde, Juan José

Pérez Padilla.

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