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La Corporación Municipal, por acuerdo plenario adoptado en sesión celebrada el día 25 de febrero de mil novecientos noventa y cuatro, acordó otorgar la aprobación definitiva al Plan Especial de Reforma Interior «PERI-NO-4 Ronda de Valencia¯, redactado por inicitiva privada.
Contra el indicado acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:
1) Contencioso-Administrativo, ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de esta resolución (art. 58.3 de la Ley de 27.12.1956), previa comunicación a este órgano (art. 110.3 de la Ley 30/1992, de 27 de noviembre.
2) Cualquier otro que se estime procedente (art. 58.2 de la Ley 30/1992, de 27 de noviembre).
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 124 del Texto Refundido de la Ley del Suelo.
El Puerto de Santa María, 1 de marzo de 1994, El Alcalde.
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