Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 8/6/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 31 de mayo de 1994, por la que se concede el Título- Licencia de Agencia de Viajes Minorista a la Entidad Andalusair Services 2000, Agencia de Viajes, SA, bajo la denominación de Andalusair Viajes, con el código identificativo núm. AN-29355-2.

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Por Don Alfredo Rubio Bertelli, en nombre y representación de la Entidad «Andalusair Services 2000, Agencia de Viajes, S.A«, se ha solicitado de esta Consejería la concesión del Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista, de conformidad con el Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, y Orden Ministerial de 14 de abril de 1988, reguladores del ejercicio de las actividades propias de Agencias de Viajes, y vigentes en la fecha de presentación de la solicitud, habiéndose aprotado la documentación que acredita reunir los requisitos por las mencionadas disposiciones. En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4? del Real Decreto 271/1988, de

25 de marzo y en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.4 de la Ley 6/1983 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

DISPONGO

Conceder a la Entidad «Andalusair Services 2000, Agencia de Viajes, S.A.«, el Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista bajo la denominación de «Andalusair Viajes«, con el código identificativo número AN-29355-2 y sede social en Alhaurín de la Torre (Málaga), Urbaniz. El Lagar, c/ Cómpeta, 52, pudiendo ejercer su actividad a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con sujeción a los preceptos de la Orden Ministerial de 14 de abril de 1988 y demás disposiciones aplicables.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 31 de mayo de 1994

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

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