Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 17/6/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 17 de marzo de 1994, por la que se encomienda la gestión de las instalaciones para servicio de venta de publicaciones y otros artículos en los Museos y Conjuntos Monumentales y Arqueológicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía a la Empresa Pública de Gestión de Programas y Actividades Culturales y Deportivas.

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La Consejería de Cultura y Medio Ambiente en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en materia de Patrimonio Histórico, estima necesaria encomendar la gestión de las instalaciones para servicio de venta de publicaciones y otros artículos en los Museos y Conjuntos Monumentales y Arqueológicos de la Comunidad Autónoma Andaluza que se relacionan en el Anexo I, a la Empresa Pública de Gestión de Programas y Actividades Culturales y Deportivas.

La Empresa Pública de Gestión de Programas y Actividades Culturales y Deportivas, adscrita a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, fue creada al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley

3/1991, de 28 de diciembre de Presupuesto de la Comunidad Autónoma para

1992, correspondiéndole con carácter general la organización y gestión de programas relativos a las materias sectoriales propias de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente en el ámbito cultural, siendo su objeto llevar a cabo las tareas técnicas y económicas requeridas para el desarrollo y ejecución de los programas y actividades culturales de la Junta de Andalucía, mediante actuaciones de organización, gestión, apoyo y difusión de producciones y programas en dicho ámbito, contando para ello con los medios adecuados para el desarrollo de las tareas que se le encomienden. A tal efecto, determina el art. 3 de la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley 3/91, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1992, que corresponde a dicha Empresa:

«e)Organización y gestión de programas culturales en materia de fomento y difusión de los bienes del Patrimonio Histórico, las artes plásticas y las letras.

g)Cualquier otra actividad relacionada con sus objetivos generales que le sea encomendada por las normas reglamentarias que se dicten en desarrollo de la presente disposición«.

En cumplimiento de dicha previsión, se ha dictado el Decreto 46/1993 de 20 de abril, por el que efectivamente se constituye la referida Empresa y se aprueba el Reglamento General por el que habrá de regirse, que determina en su art. 4 que en desarrollo de su actividad, la Empresa Pública ejercerá las siguientes funciones:

«i)Cualquier otra que le sea encomendada por la Consejería de Cultura y Medio Ambiente en el ámbito del objeto de la Empresa, de conformidad con las funciones encomendadas por la Disposición Adicional 14ª, tres de la Ley

3/91, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, así como por el presente Decreto«.

Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y las normas de general aplicación, en uso de las facultades que me confieren los arts. 39 de la Ley de Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía, y de las Disposiciones Adicional Primera y Final del Decreto 46/93 de 20 de abril;

DISPONGO

1º Encomendar la gestión de las instalaciones para servicio de venta de publicaciones y otros artículos en los Museos y Conjuntos Monumentales y Arqueológicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía que se relacionan en el Anexo I a la Empresa Pública de Gestión de Programas y Actividades Culturales y Deportivas, adscrita a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, la cual podrá establecer y contratar con terceros las condiciones de gestión de las referidas instalaciones.

2º De acuerdo con sus competencias, la Empresa Pública deberá ejecutar con carácter obligatorio las actividades que le son encomendadas por esta Consejería, a cuyo efecto deberá dar cuenta anualmente a la misma de la gestión de las actividades que son objeto de esta Orden a través de la correspondiente Memoria Explicativa.

3º Las instalaciones para servicio de venta de publicaciones y otros artículos serán las correspondientes a los Museos y Conjuntos Monumentales y Arqueológicos relacionados en el Anexo I que se acompaña a esta Orden.

Sevilla, 17 de marzo de 1994

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

ANEXOI

Museos

-Museo de Almería.

-Museo de Cádiz.

-Museo Arqueológico de Córdoba.

-Museo de Bellas Artes de Córdoba.

-Museo Arqueológico de Granada.

-Museo de Bellas Artes de Granada.

-Museo Casa de los Tiros. Granada.

-Museo Arte Hispano Musulmán. Granada.

-Museo de Huelva.

-Museo de Jaén.

-Museo de Arte y Costumbres Populares del Alto Guadalquivir. Cazorla. Jaén.

-Museo Arqueológico de Ubeda. Jaén.

-Museo Arqueológico de Linares. Jaén.

-Museo de Málaga.

-Museo Arqueológico de Sevilla.

-Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla.

-Museo de Bellas Artes de Sevilla.

-Museo Casa Murillo. Sevilla.

Conjuntos Monumentales y Arqueológicos

-Conjunto Arqueológico de Itálica. Santiponce. Sevilla.

-Conjunto Arqueológico de Baelo Claudia. Tarifa. Cádiz.

-Conjunto Monumental de la Alcazaba. Almería.

-Conjunto Arqueológico de Madinat Al-Zahra. Córdoba.

-Conjunto Arqueológico de Carmona. Sevilla.

-Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife. Granada.

-Conjunto Monumental Santa María de las Cuevas. Sevilla.

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