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La decisión de la Comisión Europea (93/616/CEE) de 30 de noviembre de
1993 declara a Andalucía libre de Peste Equina Africana a partir del día 1 de diciembre del mismo año.
Se cierra así una larga etapa que se inició con las primeras vacunaciones realizadas en 1989. La extraordinaria rapidez con que hubieron de afrontarse los primeros brotes detectados, así como la vigilancia y seguimiento hasta su completa erradicación, no habrían sido posibles sin el apoyo de los Veterinarios de toda la Comunidad Autónoma, por medio del Servicio Andaluz de Salud en el caso de sus funcionarios o a través de sus respectivos Colegios Oficiales en los casos de Sevilla, Granada, Málaga y Jaén, municipios exceptuados cuyos Veterinarios no se hallaban integrados en el mencionado servicio.
Si en el primer caso a los Veterinarios se les retribuyó por medio de una transferencia de fondos a los presupuestos del Servicio Andaluz de Salud, en los municipios antes citados es preciso hacerlo a través de sus respectivos Colegios Oficiales, ya que fue por intermedio de éstos como tuvo lugar su participación en las labores de vacunación. Dado el carácter de Corporaciones de Derecho Público de los Colegios profesionales, no es posible la concurrencia. En consecuencia
DISPONGO
1.Conceder subvenciones específicas por razón de su objeto a los Colegios Oficiales de Veterinarios de Sevilla, Granada, Málaga y Jaén por los siguientes importes:
Colegio de Sevilla 1.312.000 ptas.
Colegio de Granada 478.000 ptas.
Colegio de Málaga 463.000 ptas.
Colegio de Jaén 76.000 ptas.
2.Hacer públicas dichas subvenciones en los términos y a los efectos del artículo 21 de la Ley 9/1993 de 30 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994.
Sevilla, 7 de junio de 1994
LUIS PLANAS PUCHADES
Consejero de Agricultura y Pesca
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