Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 21/6/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 9 de junio de 1994, por la que se convoca los II Premios Andaluces de Investigación en Drogodependencias.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La necesidad de un abordaje integral del fenómeno de las drogodependencias, se ha puesto de manifiesto a lo largo de todos los años de desarrollo del Plan Andaluz sobre Drogas. Son múltiples y diversos los problemas relacionados con esta situación: sanitarios, sociales, de seguridad pública, económicos y políticos. Es necesaria, por tanto, la implicación de numerosos profesionales en la búsqueda de respuestas globales y unitarias que aborden el problema desde sus múltiples perspectivas. Por otro lado el consumo de drogas es un fenómeno en continuo cambio y evolución que requiere, consecuentemente, un estudio y valoración permanente. Con el objeto de impulsar y estimular a los profesionales interesados en este campo, y para fomentar y consolidar equipos y líneas de trabajo en drogodependencias, la Consejería de Asuntos Sociales, a través del Comisionado para la Droga, propone la segunda convocatoria de premios para los trabajos de investigación que por su nivel científico y técnico resulten de especial relevancia en el abordaje de las drogodependencias dentro del ámbito de nuestra Comunidad Autónoma.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 del Decreto del Presidente 223/1990, de 27 de julio, en relación con el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero.Convocar los «II Premios Andaluces de Investigación en Drogodependencias«, los cuales tienen por objeto galardonar los trabajos realizados durante 1993 y hasta la fecha de la presente convocatoria, que se correspondan con alguna de las siguientes áreas de actuación:

1.Prevención de las drogodependencias.

2.Asistencia de los drogodependientes.

3.Reinserción de las drogodependientes.

4.Investigación básica en drogodependencias.

5.Asimismo se crea un premio especial para las investigaciones, trabajos o artículos publicados durante el período antes indicado, referidos a cualquier aspecto relacionado con las drogodependencias, en cualquier medio de comunicación y/o difusión.

Segundo.La participación en esta convocatoria podrá efectuarse tanto a título individual como colectivo. Podrá optar a este premio toda persona física o jurídica, que realice sus actividades en el Estado español, no obstante se valorarán con preferencia los trabajos realizados en Andalucía y/o referidos a la problemática del consumo de drogas en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tercero.Los originales deberán ser inéditos, salvo a los referidos al punto quinto de la disposición primera, y en castellano.

Cuarto.Se valorarán especialmente aquellos trabajos, que signifiquen una aportación valiosa para la aplicación práctica de sus conclusiones, en la actuación de los problemas derivados del consumo de drogas, o de las drogodependencias en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Quinto.No pueden optar a estos premios trabajos ya subvencionados por la Junta de Andalucía u otra Administración Pública, o los realizados por empresas que tengan entre sus actividades lucrativas la ejecución de estudios de esta naturaleza.

Sexto.Condiciones para la presentación de los trabajos:

1.Se presentarán mecanografiados y tendrán una extensión mínima de 50 folios DIN A-4, excluyendo de ellos las tablas, gráficos, esquemas, dibujos, etc. Esta consideración no es de obligado cumplimiento para el punto quinto de la disposición primera de la presente orden.

2.Se enviarán 5 copias por cada trabajo.

3.Cada copia irá acompañada de un resumen, no superior a cinco folios DIN A-4, en el que se explicite de forma abreviada el contenido del mismo. Este resumen será encabezado por el título del trabajo y el área de participación temática de las expresadas en la disposición primera de la convocatoria. Esta consideración no es de obligado cumplimiento para el punto quinto de la disposición primera de la presente orden.

4.El/los autor/es se presentará/n bajo seudónimo.

5.Los trabajos se acompañarán de un sobre cerrado, en el que figurará exteriormente el seudónimo del autor/es y el título del trabajo, así como el área de participación temática de las indicadas en la disposición primera. El citado sobre contendrá en el interior los siguientes datos referidos a todos los firmantes:

a)Nombre y apellidos, DNI, profesión, domicilio, municipio y código postal, provincia, y teléfono.

b)Centro de trabajo y cargo que ocupa.

c)Breve reseña curricular.

d)En caso de ser varios los autores se reflejará claramente el nombre del director del trabajo.

No serán admitidos a concurso los trabajos que no reúnan los requisitos especificados en la presente Orden.

Séptimo.Se concederá un premio de 500.000 ptas. para cada una de las áreas propuestas en la disposición primera.

Estos premios irán con cargo a la aplicación presupuestaria

11.19.00.18.00.226.09.22G.0.1992.

Octavo.Los trabajos se enviarán en sobre cerrado donde conste claramente: «II Premios Andaluces de Investigación en Drogodependencias«. Se presentarán ante el Comisionado para la Droga, Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, sito en la Avda. San Francisco Javier, núm. 24. Edificio Sevilla-1, 8ª planta. 41018 - Sevilla.

El plazo para la recepción de los trabajos terminará el 15 de octubre de

1994.

Noveno.La Consejería de Asuntos Sociales conservará un ejemplar de los trabajos presentados, que sólo será devuelto previa solicitud del interesado. La misma Consejería, a través del Comisionado para la Droga, podrá dar a los trabajos que resulten premiados la difusión y empleo que estime convenientes. No obstante, en casos excepcionales, el Jurado podrá valorar el interés de los trabajos no premiados y proponer la publicación de éstos. Los derechos de autor de los trabajos premiados pasarán a ser propiedad de la Consejería de Asuntos Sociales, sin derecho alguno por parte de los participantes a percibir indemnización o compensación por tal motivo.

Décimo.El examen y selección de los trabajos recibidos se hará por el Jurado, cuya composición será:

Presidente:

El Comisionado para la Droga de la Junta de Andalucía o la persona en la que delegue.

Vocales:

-Tres técnicos del Plan Andaluz sobre Drogas, uno de los cuales actuará de secretario del Tribunal.

-Un profesor universitario perteneciente a un departamento directamente relacionado con el área a premiar.

-Un representante de los Colegios Profesionales relacionados con las áreas a premiar.

Los vocales serán designados por el Comisionado para la Droga. Se designará un Jurado para cada área a premiar de las enumeradas en la disposición primera. La relación definitiva de los integrantes de cada Jurado se hará pública mediante Resolución en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Orden.

Cada jurado podrá recabar, si lo estima oportuno, asesoramiento entre personalidades del mundo profesional, para la valoración de los trabajos presentados cuando éstos revistan un alto índice de complejidad. El jurado, una vez constituido, ajustará su actuación a lo establecido en el título II, capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Undécimo.El acuerdo del jurado se producirá en el plazo de tres meses contados a partir del último día de presentación de los trabajos, y será hecho público mediante Resolución de la Consejería de Asuntos Sociales. Los premios podrán ser declarados desiertos si a juicio del jurado correspondiente los trabajos presentados no se adecuan a disposición cuarta de la presente Orden.

Duodécimo.La presentación de los trabajos supone la plena aceptación por parte de los participantes, del contenido de la presente Orden.

Decimotercero.Todas las incidencias no previstas en esta Orden serán resueltas por la Consejería de Asuntos Sociales o por los Jurados, cuando éstos queden constituidos.

Sevilla, 9 de junio de 1994

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Asuntos Sociales

Descargar PDF