Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 25/6/1994

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Consejería de Salud

RESOLUCION de 14 de junio de 1994, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se procede a publicar autorización del inicio del expediente de valoración de daños y perjuicios derivados de la resolución del contrato de las obras de construcción del Centro de Salud de Alcalá del Río (Sevilla).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En uso de las facultades que me confiere el Decreto 208/92, de 30 de diciembre, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y el Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección-Gerencia ha resuelto iniciar expediente de valoración de daños y perjuicios en contratación que se indica con los requisitos que asimismo se señalan:

SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. SERVICIOS CENTRALES

Asunto: Autorización de inicio del Expediente de valoración de daños y perjuicios derivados de la Resolución del contrato suscrito entre el Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud y la UTE: Ingeniería de Edificación Industrial-Europrinsac, correspondiente a la contratación de las Obras del Centro de Salud T-II en Alcalá del Río (Sevilla). Antecedentes: Primero: Con fecha 8 de febrero de 1991, se formalizó el contrato administrativo correspondiente a la CD 80.003/90 para la Ejecución de las Obras del Centro de Salud T-II en Alcalá del Río (Sevilla), por un importe de ciento setenta y cuatro millones seiscientas noventa y una mil ciento veintiocho pesetas (174.691.128 ptas.) y entre las partes referidas en el Asunto.

Segundo: Con fecha 10 de enero de 1994 y por el incumplimiento del contratista, este mismo Organo de contratación dictó Resolución, por la que se acordaba resolver el contrato citado. Asimismo en esta Resolución se ordenaba la valoración y fijación de los daños y perjuicios ocasionados a la Administración, derivados del incumplimiento por parte del Contratista, atendiendo tanto al retraso que implicara a la inversión proyectada, como a los mayores gastos económicos y administrativos que ocasionara dicho incumplimiento.

Tercero: Por el Director de la Obra se efectuó la valoración de los daños y perjuicios ocasionados por el Contratista, ascendiendo ésta a 796.008 ptas. Fundamentos de derecho: Primero: Que este Organo de Contratación es el competente para dictar esta Resolución de conformidad con lo establecido en el art. 160 del R.G.C.E. y la Cláusula 66 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado, y de las competencias que se me delegan en virtud de la Ley 8/86, 6 de mayo, de creación del Servicio Andaluz de Salud y el Decreto 208/92, de 30 de diciembre de 1992, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud.

Vistos: Cuantos antecedentes figuran en el Expediente instruido al efecto y cumplidos los trámites establecidos por la Ley de Contratos del Estado, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de Obras con el Estado, y demás disposiciones de general aplicación. Resuelvo: Autorizar la tramitación del Expediente de Valoración de daños y perjuicios ocasionados por la Resolución del contrato Administrativo para la Ejecución de las Obras del Centro de Salud T-II en Alcalá del Río (Sevilla), CD 80.003/90, como consecuencia del incumplimiento del Contratista.

Sevilla, 14 de junio de 1994.-El Director Gerente, Ignacio Moreno Cayetano.

Descargar PDF