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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 1 de octubre de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1312/92, promovido por Yogures Andaluces, S.A. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimando el recurso formulado por la compañía «Yogures Andaluces, S.A.« contra la resolución que se dice en el encabezamiento de esta, debemos anular y anulamos la citada resolución, dejando sin efecto la sanción impuesta y sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 16 de junio de 1994.-El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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