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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 18 de mayo de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3970/91, promovido por Transportes, Aduanas y Consignaciones, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que estimando el recurso contencioso formulado por E.R.S.H.I.P., S.A., contra las resoluciones sancionadoras de 20.12.90 y 10.7.91 dimanantes, respectivamente, del Director Provincial de Trabajo de Sevilla y del Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo, anulamos dichas resoluciones por no ser conformes a derecho. Sin costas.
Sevilla, 10 de julio de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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