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Estando previsto que la Delegada Provincial de la Consejería de Salud en Cádiz disfrute de sus vacaciones reglamentarias desde el 10 al 31 de julio del presente año, y siendo preciso disponer lo oportuno en orden a su suplencia, y de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre.
D I S P O N G O
Artículo único. Durante el período de tiempo comprendido entre el 10 y el 31 de julio del presente año, la Delegada Provincial de la Consejería de Salud en Cádiz, será suplida por el Secretario General de la citada Delegación.
Sevilla, 7 de julio de 1995
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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