Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 29/7/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 de julio de 1995, por la que se concede una subvención específica por razón del objeto a la Fundación Complutense Casa de Medina Sidonia, para la conservación de sus bienes y la difusión de sus fondos culturales y documentales.

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La Consejería de Educación y Ciencia viene apoyando a la Fundación Complutense «Casa de Medina Sidonia« en la conservación de los bienes inmuebles (Palacio Ducal de Medina Sidonia) y los bienes muebles que lo componen, así como a difundir los fondos culturales y documentales que lo integran, con el fin de preservar la continuidad de la Fundación y la consecución de los fines establecidos por la Fundadora. La Fundación Complutense «Casa de Medina Sidonia«, a cambio, facilitará a la Consejería de Educación y Ciencia y a las Universidades Andaluzas, así como a las personas físicas o jurídicas por las mismas autorizadas, las labores de consulta e investigación que se consideren convenientes y que serán realizadas en las mismas instalaciones propiedad de la Fundación Complutense «Casa de Medina Sidonia«, pudiendo ser objeto de utilización para ello el material bibliográfico y documental existentes en las mismas. La Consejería de Educación y Ciencia, que tiene asignadas las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en orden al fomento de la investigación universitaria, estima necesaria continuar la colaboración, y por ello,

HA DISPUESTO

Artículo Primero. Conceder a la Fundación Complutense «Casa de Medina Sidonia«, una subvención específica por razón del objeto, por importe de

25.000.000 ptas. (veinticinco millones de pesetas), con cargo a la aplicación económica 01.18.00.04.00.44104.42A.0 «Promoción de actividades docentes«, como ayuda a la conservación de los bienes inmuebles (Palacio Ducal de Medina Sidonia) y los bienes muebles que lo componen, así como difundir los fondos culturales y documentales que lo integran.

Artículo Segundo. La Fundación Complutense «Casa de Medina Sidonia«, en el plazo de tres meses, deberá justificar la aplicación de la cantidad recibida a la finalidad para la que le ha sido concedida, mediante certificación acreditativa de haber sido registrado en su contabilidad el ingreso de los fondos, con expresión del asiento contable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 y siguientes del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/88, de 5 de abril, en relación con el artículo 53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública.

Sevilla, 10 de julio de 1995

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

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