Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 1/8/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 18 de julio de 1995, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se aprueba convocatoria para inscripción en el Registro del Profesorado del Instituto Andaluz de Administración Pública.

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La existencia de una base de datos de profesionales expertos en temas de interés para el desarrollo de las actividades del I.A.A.P. se articuló a través de la Resolución de 28 de junio de 1993, que aprobó los criterios para la elaboración de un Registro del Profesorado y estableció las bases para seleccionar a las personas que lo integrarían. La mencionada base de datos que constituye el citado Registro mantiene hoy su utilidad y se constata su vigencia al dictarse resolución con fecha de 17 de julio de 1995 por la que se resuelve una convocatoria para la captación de colaboradores docentes y se hace pública la relación de aspirantes incluidos en el Registro del Profesorado. Esta base de datos es muy útil para continuar con la política de desconcentración de la gestión de los cursos y acercando a los empleados públicos los lugares de impartición. Procede, por tanto, continuar realizando convocatorias sobre otras áreas hasta obtener respecto a las materias o especialidades habitualmente impartidas en los programas formativos un cuadro potencial de colaboradores que faciliten ampliamente la ejecución material de las actividades formativas. La presente convocatoria participa de los criterios de la antecedente y aporta algunas novedades que nos parece interesante subrayar. Consisten éstas, en configurar el Registro como un instrumento abierto en todo momento, es decir, sin que la convocatoria tenga una vigencia fijada. Esto es así por cuanto se considera que su naturaleza de base de datos que no vincula a los inscritos con la Administración, sino en el caso de realizarse la prestación docente efectiva, permite mantener el acceso a la misma sin límites temporales, y ello tanto respecto a las instancias de altas como a las de bajas, siendo esto también novedoso. Se pretende que el Registro sea real y actual y para ello incorporamos un procedimiento de bajas, que pueden ser comunicadas por los inscritos ante el cambio de sus circunstancias, disponibilidad de tiempo, etc., o realizadas por la Administración motivadamente con base a los resultados de la prestación docente.

Respecto al Anexo, debe indicarse que el mismo es exhaustivo en cuanto a las materias generales expresadas en los ocho epígrafes que lo integran, y es meramente enunciativo en el desglose que se hace en los cuatro primeros. En consecuencia, los interesados podrán instar su inscripción respecto a cualquier contenido de las citadas materias generales, aunque no esté expresamente enunciado, como en el caso de los cuatro epígrafes últimos. Finalmente, significar, como ya se hiciera en la Resolución anterior que esta convocatoria no agota todas las materias que configuran habitualmente los programas formativos del Instituto y, por tanto, habrá otras posteriores, que aquí no se acumulan para hacer más operativa la gestión. Por ello esta Dirección, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

HA RESUELTO

Primero. Se convoca a los interesados a participar en la selección para profesores específicos que se integrarán en el Registro de Profesorado del I.A.A.P.

Las áreas en las que se encuadrarán las peticiones se recogen en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo. Los candidatos deberán relacionar la Memoria del proyecto formativo contemplado en el punto tercero, apartado 3º de la Resolución de 28 de junio de 1993 (BOJA núm. 72 de 6 julio), con las materias que figuran en el indicado anexo.

Tercero. Las solicitudes para participar en la selección, se presentarán bien directamente en el Registro General del I.A.A.P., bien en cualquiera de las formas que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto. La documentación justificativa de los méritos alegados se aportará por los mismos medios establecidos en el punto anterior una vez notificada la selección al candidato. En caso de no aportarse, la selección realizada no producirá efectos.

Quinto. El modelo de solicitud recogido en el anexo II se cumplimentará en todos sus apartados.

Sexto. Una vez producida la inscripción, las personas incluidas en el Registro deberán comunicar la modificación de sus circunstancias relacionadas con los datos facilitados pra su selección. Igualmente notificarán la alteración, incluso temporal, de su interés o disponibilidad para colaborar con el Instituto. La Administración por su parte, podrá dictar resolución motivada causando la baja en el Registro, previa notificación en forma a la persona afectada.

Séptimo. Dada la naturaleza de base de datos con la que se configura el Registro, la inscripción en éste no crea vínculo entre las personas inscritas y la Administración ni genera derecho alguno, produciéndose éstos en el supuesto de prestación efectiva de colaboración, conforme a los procedimientos habilitados por el Instituto a estos efectos.

Sevilla, 18 de julio de 1995.- El Director, Juan Luque Alfonso.

ANEXO I

I. Dirección y Gerencia Públicas.

Planificación y Gestión Estratégica.

Organizaciones Públicas.

Análisis de Políticas Públicas.

Técnicas de Dirección.

Dirección por objetivos.

Técnicas de negociación.

Equipos de trabajo y motivación.

Teoría y técnicas de comunicación e información.

Sistemas de calidad de los Servicios Públicos.

Marketing Institucional.

II. Régimen Jurídico, Procedimiento Administrativo y Legislación. Régimen Jurídico y Organización de las Administraciones Públicas. Actos y Procedimiento Administrativo.

Derecho Administrativo.

Derecho Comunitario.

Técnicas legislativas y producción normativa.

Contratación Administrativa.

III. Gestión y Administración Económica Financiera.

Planificación Económica, Presupuesto y Contabilidad Pública. Tesorería y Política Financiera.

Gestión del Gasto Público.

Gestión Tributaria.

Inspección Financiera y Tributaria.

Gestión Patrimonial.

Control del Gasto. Sistemas y Técnicas de auditoría.

Gestión económica de los Fondos Comunitarios.

IV. Gestión Recursos Humanos y Administración de Personal. Régimen Jurídico de los empleados Públicos.

Planificación de Recursos Humanos.

Gestión de Personal.

Administración de Personal.

Análisis y Valoración de Puestos de Trabajo.

Evaluación del desempeño.

Dirección y Gestión de Equipos de Trabajo.

Reclutamiento, selección, desarrollo y provisión de los Recursos Humanos. Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Psicología y sociología en el Trabajo.

Relaciones sindicales.

V. Formación de Formadores.

VI. Documentación, Biblioteconomía y Archivo.

VII. Información, Comunicación y Lenguaje AA.PP.

VIII. Administración Local.

ANEXO II

SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO

DEL PROFESORADO

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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