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Advertidos errores en el texto publicado de la referida disposición, a continuación se transcribe la oportuna rectificación:
Portada del Anexo 1 del BOJA número 109. Página 8.070, donde dice: «Capítulo IV. De la fauna y flora silvestre.«.
Debe decir: «Capítulo IV. De la flora y fauna silvestres«.
Página 8.083, 2ª columna, donde dice: «Capítulo V. Otras actividades«. Debe decir: «Capítulo V. De otras actividades«.
Página 8.098, 2ª columna «existe una incorrección en la enumeración de los artículos desde el 14 de la 2ª columna hasta el final. Así, donde dice artículo 14 debe decir artículo 15, siguiendo el resto de artículos la numeración correlativa correspondiente«.
Sevilla, 6 de julio de 1995
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