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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de San Nicolás del Puerto (Sevilla) se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, artículos
109, 112.1, 113, 114 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de
14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta pública de dos viviendas propiedad del Ayuntamiento de San Nicolás del Puerto (Sevilla), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno de dicha Corporación el día 29 de abril de 1994, y cuya descripción es la siguiente:
Viviendas iguales de dos plantas que ocupan, cada una de ellas, un solar de
116,6 m2, con una superficie construida, cada una de ellas, de 60,83 m2 por planta y 55,77 m2 de patio y zona no construida. Constan, cada una de ellas, en la planta baja de salón-comedor, cocina, aseo, habitación pequeña y entrada y en la planta alta, cada una de ellas, con tres habitaciones, cuarto de baño y terraza. Lindan: Tienen su entrada por la C/ Cruz y linda la primera de ellas, entrando por la derecha y fondo con terrenos del Ayuntamiento de San Nicolás del Puerto y por la izquierda con la otra vivienda. La otra linda por la izquierda y fondo, entrando con terrenos del Ayuntamiento y por la derecha con la otra vivienda. Calificación urbanística: Urbano.
Valoración: 13.500.000 ptas.
Sevilla, 11 de agosto de 1995.- La Consejera, P.A. (Orden 25.7.95), El Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, Juan Luque Alfonso.
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