Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 24/1/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales

RESOLUCION de 12 de enero de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la de 15 de noviembre de 1994, mediante la que se renueva la acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio dependiente de la entidad Cruz Roja Española de Cádiz.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 330/1988, de 5 de diciembre, por el que se dictan normas sobre la acreditación de Centros y Servicios de atención a drogodependientes, procede hacer pública la resolución del Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de fecha 15 de noviembre de 1994, la cual ha sido notificada al solicitante el 20 de diciembre de 1994, y cuyo tenor literal es el siguiente:

«Vista la solicitud formulada por D. Tomás Aguirre Copano, en nombre y representación de la entidad Cruz Roja Española de Cádiz, en petición de renovación de la acreditación del Centro de Desintoxicación Hospitalaria, sito en calle Albaicín, s/n, de Jerez de la Frontera (Cádiz). Resultando que el Centro sito en calle Diego Fernández Herrera, núm 15, de Jerez de la Frontera (Cádiz) fue acreditado por tres años, mediante Orden de

4 de diciembre de 1989, del Consejero de Salud y Servicios Sociales, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 330/1988, de 5 de diciembre, por el que se dictan normas para la acreditación de Centros y Servicios de atención a drogodependientes.

Resultando que con fecha 29 de julio de 1994, la Dirección General de Coordinación, Docencia e Investigación de la Consejería de Salud autorizó la nueva sede del Centro en las instalaciones de Puertas del Sur, calle Albaicín, s/n, de Jerez de la Frontera (Cádiz). Resultando que el Comisionado para la Droga, a la vista de la solicitud de renovación de la acreditación, con fecha 4 de noviembre de 1994, emite informe favorable, al seguir cumpliendo dicho centro con los requisitos exigidos en el citado Decreto 330/1988.

Considerando que esta Consejería es competente para resolver sobre la obtención y renovación de las acreditaciones de Centros y Servicios de atención a drogodependientes, conforme a lo dispuesto en los Decretos

148/1994, de 27 de julio, y 154/1994, de 10 de agosto, sobre reestructuración de Consejerías y de estructura orgánica de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, respectivamente, y en el artículo 6 del Decreto

330/1988.

Considerando que conforme a los artículos 6 y 7 del Decreto 330/1988, las acreditaciones se otorgan por un período de tres años, pudiendo ser renovadas si se cumplen los mínimos requeridos para la misma, como es el caso del Centro que nos ocupa.

Vistos los preceptos legales citados, así como los de general aplicación.

RESUELVO

1º Renovar la acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio sito en Puertas del Sur, calle Albaicín, s/n de Jerez de la Frontera (Cádiz), dependiente de la Entidad Cruz Roja Española de Cádiz.

2º Esta renovación de la acreditación se otorga por un período de tres años a contar desde su notificación, siendo renovable previa solicitud efectuada con tres meses, al menos, de anticipación a la fecha de terminación de su vigencia.

3º Notifíquese la presente resolución a los interesados en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, entregando a las partes copia literal, con la advertencia de que la misma agota la vía administrativa conforme a lo establecido en el artículo 109 de la citada Ley y que contra ella cabe interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a esta Consejería, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.3 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre.«

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 12 de enero de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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