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El Decreto 11/92 de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios prevé, en la Disposición Adicional Primera, que con el fin de garantizar la continuidad de los efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales se transferirán anualmente los créditos necesarios a las Corporaciones Locales de Andalucía, que se acogieron al Acuerdo del Consejero de Gobierno de 24 de enero de
1989, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y en el marco de colaboración existente entre las distintas Administraciones Públicas en esta materia.
Por ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.5º de la Ley
9/93, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994, prorrogados para el presente ejercicio económico, procede hacer pública la transferencia de las aportaciones autonómica y estatal a la Entidad Local siguiente:
Entidad Local: Cádiz.
Aportación estatal: 30.419.746 ptas.
Aportación autonómica: 50.988.552 ptas.
Entidad Local: Jerez Fra.
Aportación estatal: 26.689.865 ptas.
Aportación autonómica: 42.946.365 ptas.
Cádiz, 3 de agosto de 1995.- El Delegado, P.A. (Dto. 91/83, de 6.4), El Secretario General, Diego Manuel Vera Arroyo.
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