Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 23/9/1995

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Otros. NOTARIA DE DON RAFAEL MORALES LOZANO

EDICTO de notificación de procedimiento hipotecario extrajudicial. (PP. 1964/95).

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Yo, Rafael Morales Lozano, Notario de Alcalá de Guadaira, con despacho en la calle Salesiano Antonio Torrero, núms. 1 y 3, hago saber:

I. Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, expediente núm. uno, de la siguiente finca:

Urbana. Chalet, destinado a vivienda unifamiliar ubicada en la Avenida Santa Lucía, número quince en Alcalá de Guadaira. Linda: Por su frente, con resto de finca matriz de que se segregó, que se destina a acceso o salida de esta finca y de las demás procedentes de la finca matriz; derecha, entrando, con finca de igual procedencia que la que se describe, propiedad de don Francisco Leoncio Mantecón; izquierda, con finca de igual procedencia, de don Hilario Rodríguez Elías y fondo, finca de herederos de don Luis Díaz González. La vivienda ocupa una superficie construida, entre sus dos plantas de ciento cincuenta y un metros y ochenta y siete decímetros cuadrados. La planta baja se compone de hall, salón, comedor, pasillo y cocina y aseo; y la planta alta de cuatro dormitorios, distribuidor y baño. El resto de la superficie de la parcela sobre la que se asienta está destinada a zona ajardinada, dentro de la cual existe una piscina. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Guadaira, al folio 164 del Tomo 728, libro 433 de dicha ciudad, finca núm. 23.069. Dicha finca se hipotecó en garantía de un crédito de nueve millones de pesetas, a favor de «Caja de Ahorros Provincial San Fernando de Sevilla y Jerez«, con vencimiento el día 30 de abril del año 2007, resultando debida al día 2 de noviembre de 1994, fecha en la que se dio por vencido el préstamo, la cantidad de ocho millones setecientas noventa y cuatro mil ciento noventa y nueve pesetas de principal, más los intereses ascendentes a un millón ochenta y una mil ochocientas veintidós pesetas, y demoras por importe de ciento cinco mil ciento treinta y seis pesetas, cantidades a las que en su día, se habrán de añadir los intereses posteriores que se devenguen, a razón de cuatro mil novecientas treinta y ocho pesetas diarias, y sin perjuicio de la responsabilidad de la finca hasta el importe pactado por las costas y gastos causados o que se causen en el procedimiento.

II. Que no resulta posible la notificación por cédula a los titulares (que se reseñan a continuación) de las cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, por las causas que se indican:

Don José Luis Portillo Ríos: Su domicilio no consta en el Registro de la Propiedad.

Don Juan Galindo Trujillo: No se ha podido practicar la notificación en su domicilio.

«Lico Leasing, S.A.«: Su domicilio no figura en el Registro de la Propiedad, y

«BNP España, S.A.«: Su domicilio no consta en el Registro de la Propiedad.

Por lo que se les hace saber mediante el presente anuncio su derecho a intervenir en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada por la hipoteca.

Alcalá de Guadaira, a siete de agosto de mil novecientos noventa y cinco

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