Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 3/10/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 12 de septiembre de 1995, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se conceden subvenciones a Corporaciones Locales para mejora de su infraestructura.

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A N T E C E D E N T E S

Vistas las solicitudes y su documentación anexa presentadas por los Ayuntamientos de esta provincia, en petición de subvención al amparo de lo establecido en la Orden de 30 de marzo de 1995, de la Consejería de Gobernación, por la que se regula la concesión de subvenciones a Entidades Locales para mejora de su infraestructura. Considerando que los Aytos. a los que se conceden las subvenciones han dado cumplimiento de los requisitos fijados en los arts. 1 al 7 de la citada Orden y la adecuación cuantitativa de peticiones a las disponibilidades presupuestarias, con el objetivo de satisfacer el mayor número de las mismas. De conformidad con lo establecido en la Orden de 30 de marzo de 1995, de la Consejería de Gobernación y en virtud de lo dispuesto en el art. 8 apartado

5, acuerdo conceder las subvenciones, por importe igual o inferior a

3.000.000 ptas. a los Aytos., con los objetos y presupuestos siguientes:

Ayuntamiento: Begíjar.

Objeto: Equipo Climatizador.

Presupuesto: 1.499.880.

Subvención: 1.499.880.

Ayuntamiento: Campillo de Arenas.

Objeto: Climatización Ayto.

Presupuesto: 3.000.000.

Subvención: 2.604.176.

Ayuntamiento: Castillo de Locubín.

Objeto: Reparación y Conservación Casa Consistorial. Presupuesto: 3.000.000.

Subvención: 3.000.000.

Ayuntamiento: Espelúy.

Objeto: Acondicionamiento y Conservación Ayto. Presupuesto: 3.119.710.

Subvención: 3.000.000.

Ayuntamiento: Larva.

Objeto: Mobiliario Ayto.

Presupuesto: 2.749.799.

Subvención: 2.749.799.

Ayuntamiento: Lupión.

Objeto: Fotocopiadora.

Presupuesto: 618.860.

Subvención: 464.145.

Ayuntamiento: Villarrodrigo.

Objeto: Climatización Ayto.

Presupuesto: 1.682.000.

Subvención: 1.682.000.

Las subvenciones otorgadas se regirán en cuanto a su forma de pago, justificación, modificación, obligaciones de los beneficiarios y reintegro por lo dispuesto en la Orden de 30 de marzo de 1995, de la Consejería de Gobernación.

Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer Recurso Ordinario, en el plazo de un mes, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 12 de septiembre de 1995.- El Delegado, Miguel M. Ocaña Torres.

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