Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 19/10/1995

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, por el que se notifica el Acuerdo de iniciación de expediente sancionador seguido por presuntas infracciones a la normativa de Carreteras. (ES-C-H-16/95).

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Intentada sin efecto la notificación de la incoación del expediente sancionador ES-C-H-16/95 a S.A.M.U., Señalización y Mobiliario Urbano, S.L., en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, para que sirva de notificación al mismo se publica el siguiente acuerdo:

«Vista la denuncia formulada por el Servicio de Vigilancia de Carreteras el día 30 de enero de 1995 contra S.A.M.U., Señalización y Mobiliario Urbano, S.L., con CIF núm. B-80790769, domiciliado en C/ Nueva núm. 5 de Torrelodones (Madrid), por presuntas infracciones a la normativa sobre Carreteras.

Habiéndose realizado actuaciones previas, según se determina en el artículo 12 del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, R.D. 1.398/93 de 4 de agosto, de fecha 17.2.95 para determinar responsabilidades y siendo este Organo competente para la iniciación de expediente sancionador por esta materia, en virtud de la competencia conferida por el R.D. 951/84, de 28 de marzo por el que se transfieren las funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Carreteras; el Decreto

163/84 de 5 de junio de la Consejería de Política Territorial por el que se asignan a dicha Consejería estas funciones; D.0044/85 de 8 de enero por el que se le atribuyen determinadas facultades a los órganos de la Consejería de Política Territorial, actualmente de Obras Públicas y Transportes, según D. 130/86 de 30 de junio; en virtud de lo dispuesto en los artículos 11 y 13 del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por R.D. 1.398/93 de 4 de agosto (RPS), He acordado la iniciación de expediente sancionador, nombrando en virtud del artículo 13 RPS, Instructora del expediente a doña M.ª Teresa Parralo Marcos, Jefe de la Sección de Legislación y Secretaria a doña M.ª Isabel Muñoz Romero, Administrativa, siendo su Régimen de recusación el contemplado en los artículos

28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, En cumplimiento de la normativa expuesta y tras la comprobación efectuada por el Vigilante de servicio, constan los siguientes hechos: A las 11,30 horas del día 30 de enero de 1995 la entidad S.A.M.U. Señalización y Mobiliario Urbano, S.L. colocó una banderola de 1,40 m. x 0,30 en zona semaforizada con dos anuncios publicitarios en los que se lee: 009Hostal Toscano y San Diego", situada en cuneta revestida, en la carretera N-431 - A-472 intersección con la H-623, en el p.k.

75,150.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Los hechos anteriormente indicados pueden ser constitutivos de una información administrativa muy grave, tipificada en el artículo 31.4, g) de la Ley 25/1988 de Carreteras, de la que aparece como presunto responsable directo S.A.M.U. Señalización y Mobiliario Urbano, S.L. y por la cual pudiera corresponderle una sanción de hasta treinta y tres millones (33.000.000 ptas.) de pesetas, a tenor del artículo 112 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por R.D. 1.812/94, de 2 de septiembre.

El Organo competente para resolver este expediente es el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 34.1 de la Ley 25/88 antes citada. En cualquier momento del procedimiento el interesado podrá reconocer la responsabilidad en los hechos denunciados, con los efectos que establece el artículo 8 del RPS. Asimismo conforme a los artículos 3.2 del RPS el interesado tiene derecho a formular alegaciones y a aportar los documentos que considere convenientes en cualquier momento del procedimiento a partir de la notificación del presente acuerdo y con anterioridad al trámite de audiencia, y 19.1 del mismo Reglamento dispondrá de un plazo de 15 días para oponerse a la propuesta de resolución que formule la Instructora.

En particular, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 161.1 del RPS, el interesado dispone de un plazo de quince días a contar desde la notificación del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

Comuníquese el presente acuerdo al órgano instructor, con traslado de todas las actuaciones practicadas, y notifíquese a los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, con la mención expresa de los requisitos exigidos por el artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común¯.

Huelva, 18 de septiembre de 1995.- El Delegado, Francisco Díaz Olivares.

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