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Ilmos. Sres.:
De conformidad con lo dispuesto en las Ordenes, que se citan en cada Municipio, por las que se regulan las concesiones de ayudas a las Corporaciones Locales para la financiación de actuaciones en materias relacionadas con las competencias de esta Consejería, esta Consejería ha resuelto la cancelación total o parcial y reintegro, en su caso, de las subvenciones a corporaciones locales que a continuación se indican.
Uno. Ayuntamiento de Canillas de Aceituno (Málaga), acogida a la Orden de 14 de mayo de 1985 por importe de
280.000 ptas. para Delimitación de Suelo Urbano. Dos. Ayuntamiento de Canillas de Aceituno (Málaga), acogida a la Orden de 14 de mayo de 1985 por importe de 169.000 ptas. para Delimitación de Suelo Urbano.
Tres. Ayuntamiento de Benarraba (Málaga), acogida a la Orden de 14 de mayo de 1985 por importe de 280.000 ptas. para Delimitación de Suelo Urbano. Cuatro. Ayuntamiento de Nerja (Málaga), acogida a la Orden de 14 de mayo de 1985 por importe de 2.680.800 ptas. para Publicación del Texto Refundido de las Normas Subsidiarias.
Lo que se publica como extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a los efectos de publicidad y a cuantos otros procedan.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento.
Sevilla, 7 de julio de 1995
FRANCISCO VALLEJO SERRANO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico y Directora General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
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