Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 28/10/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Industria, Comercio y Turismo

RESOLUCION de 9 de octubre de 1995, del Instituto de Fomento de Andalucía, por la que se convoca una beca para realizar trabajos de investigación y estudios en la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.

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El Instituto de Fomento de Andalucía, para la realización de trabajos de Investigación y estudios, que redunde en la formación de expertos en Asuntos Comunitarios, establece la dotación de una beca, objeto de la presente Convocatoria.

1. Requisitos de los solicitantes. Para optar a la concesión de la beca, los solicitantes deberán poseer los siguientes requisitos:

a) Titulación universitaria superior, con preferencia en Derecho o en Ciencias Económicas y Empresariales.

b) Formación específica en Asuntos Comunitarios.

c) Buen conocimiento de los idiomas Inglés y Francés.

2. Lugar de desarrollo de la beca. Los trabajos de Investigación y estudio se desarrollarán en la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.

3. Duración. La duración de la beca será de un año, a partir del momento de la incorporación efectiva del becario a dicha Delegación.

4. Dotación.

a) Una asignación mensual de 37.850 francos belgas.

b) Un pasaje de ida y vuelta en avión Andalucía-Bruselas.

c) Un seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

5. Presentación de solicitudes.

5.1. Las instancias de solicitud de la beca y la documentación requerida se dirigirán al Instituto de Fomento de Andalucía, C/ Torneo 26, 41002 Sevilla, indicando en el sobre la referencia: «Beca Unión Europea¯.

5.2. Documentación requerida:

a) Fotocopia de DNI.

b) Fotocopia compulsada del título y de los documentos que acrediten la formación exigida en el punto 1.

c) Breve curriculum vitae.

d) Fotografía reciente.

e) Cualquier otro documento que considere de interés el solicitante.

5.3. Plazo de presentación. El plazo de presentación será de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente Resolución.

6. Comité de selección.

6.1. La selección del beneficiario de la beca se realizará por un Comité. Tras el análisis de las solicitudes y documentación presentadas, el Comité podrá acordar la realización de entrevistas personales, si lo estimara necesario, para completar los criterios de valoración.

6.2. Composición del Comité. El Comité estará formado por: Presidente: El Secretario General del Instituto de Fomento de Andalucía. Vocales: Jefe del Departamento de Incentivos Comunitarios del Instituto de Fomento de Andalucía; el Delegado de la Junta de Andalucía en Bruselas, o en su defecto, el Delegado del Instituto de Fomento de Andalucía; un representante de la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación Exterior.

7. Obligaciones del becario.

7.1. El becario se compromete a realizar los trabajos de investigación y de estudio establecidos bajo la dirección del Delegado de la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.

7.2. Una vez finalizada la estancia en Bruselas, y en el transcurso de 2 meses, el becario presentará una memoria de las actividades realizadas.

7.3. El incumplimiento de estas obligaciones sin

causa justificada, implicará la suspensión y devolución de la ayuda concedida.

8. Suplencia. Además del candidato seleccionado, se designará un suplente, para que, en caso de renuncia, imposibilidad o incumplimiento de los requisitos exigidos por parte de la persona seleccionada, pueda cubrirse la beca por el correspondiente suplente.

Sevilla, 9 de octubre de 1995.- El Presidente, Salvador Durbán Oliva.

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