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La Orden de 26 de junio de 1995 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 6 de julio) por la que se hace pública la adjudicación definitiva del Concurso de Traslados del Cuerpo de Maestros y sus procesos previos, cita en su punto Noveno el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, que faculta a la Administración a rectificar de oficio los errores materiales o de hecho. Esta circunstancia viene también prevista en la Base Sesenta y Uno de la Orden de convocatoria del concurso de 14.10.94 (BOE del
28 de octubre).
Por ello esta Consejería ha resuelto:
Primero. Declarar sin efecto la adjudicación de destinos de los Maestros que en el Anexo I se relacionan para los Centros y especialidades que igualmente se indican, debido a resultas inexistentes y errores de mecanización de los datos en el proceso informático.
Segundo. Nombrar para los Centros y
especialidades que igualmente se indican, a los Maestros que se relacionan en el Anexo II.
Tercero. Contra la presente Orden
cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 15 de octubre de 1995
INMACULADA ROMACHO ROMERO
Consejera de Educación y Ciencia
VEANSE ANEXOS
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