Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 15/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 13 de octubre de 1995, por la que se concede la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para una unidad de Educación Infantil y dos unidades de Educación Primaria al Centro Privado de Educación Infantil y Educación Primaria Agave, de Huércal de Almería (Almería).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente incoado a instancia de don Agustín Serrabona López, en su calidad de representante legal de «Serrabona y Díaz, S.L.¯, entidad titular del Centro Docente Privado de Educación Infantil y Educación Primaria «Agave¯, con domicilio en c/ Camino de la Gloria, s/n, de Huércal de Almería (Almería), en solicitud de ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 1 unidad de Educación Infantil (2.º ciclo) y 2 unidades de Educación Primaria;

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Almería;

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial;

Resultando que el Centro con código 04602331, tiene autorización definitiva para 4 unidades de Educación Infantil (2.º ciclo) para 100 puestos escolares y 6 unidades

de Educación Primaria para 150 puestos escolares por Orden de 14 de septiembre de 1994;

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional, aparece que la titularidad del Centro la ostenta la entidad «Serrabona y Díaz, S.L.¯, y que por Resolución de la misma, de fecha 27 de julio de 1995 se le concedió aprobación del expediente de autorización definitiva para la ampliación de 1 unidad de Educación Infantil (2.º ciclo) y 2 unidades de Educación Primaria;

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del

27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Gene ral del Sistema Educativo (BOE del 4 de octubre); el Real Decreto 1.004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan

enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE del 26 de junio); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto 1.487/1994, de 1 de julio (BOE del 28 de julio); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA del 20 de junio);

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero: Conceder la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 1 unidad de Educación Infantil (2.º ciclo) para 21 puestos escolares y 2 unidades de Educación Primaria para 50 puestos escolares al Centro Docente Privado «Agave¯, con domicilio en c/ Camino de la Gloria, s/n, de Huércal de Almería (Almería); quedando con una composición resultante de 5 unidades de Educación Infantil (2.º ciclo) para 121 puestos escolares y 8 unidades de Educación Primaria para

200 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre

titulación que establece el Real Decreto 1.004/1991, de

14 de junio (BOE del 26 de junio).

Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Almería la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Contra la presente Orden que pone fin a la

vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 13 de octubre de 1995

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

Descargar PDF