Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 17/11/1995

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Consejería de la Presidencia

ANUNCIO del Gabinete de Medios de Comunicación, por el que se notifica a la entidad Radio Torrox Internacional la propuesta de resolución del expediente sancionador 18/SG.18/94, incoado por presunta infracción de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones.

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Habiéndose formulado Propuesta de Resolución en expediente sancionador 18/SG.18/94, incoado por presunta infracción de la Ley 31/87, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones e intentada, sin resultado, la notificación directa al domicilio de la Entidad Radio Torrox Internacional, procede efectuar la notificación prevista en el apartado 4 del art. 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 85.1 de la citada Ley, se reproduce a continuación el texto de la Propuesta de Resolución citada: «Expediente sancionador

18/SG.18/94, Propuesta de Resolución.

Por orden del Director General de Comunicación Social se inició el expediente sancionador 18/SG.18/94, para el esclarecimiento de hechos y determinación de posibles responsabilidades que se deriven de la realización de emisiones radiofónicas y utilización de frecuencias radioeléctricas sin título administrativo habilitante, que se atribuye a la entidad Radio Torrox Internacional Canal Internacional, con CIF G-29477627, y domicilio en Urbanización La Charca, fase 5.ª , núm. 6 en Torrox (Málaga), como presunta responsable de dicha infracción según lo dispuesto en el art. 32.1.b) de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones.

A la vista de las actuaciones practicadas en el expediente de referencia y cumplidos los trámites administrativos pertinentes, se formula Propuesta de Resolución en base a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho.

ANTECEDENTES DE HECHO

1. Con fecha 29 de octubre de 1992, funcionarios adscritos a la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Málaga levantan Acta de Inspección en las instalaciones de la Emisora de F.M. denominada Radio Torrox Internacional, en Torrox Costa (Málaga), de la que se desprenden los siguientes datos:

Emisora.

Localidad: Torrox (Málaga).

Frecuencia: 99.3 Mhz.

Denominación Emisora: RTI Canal Internacional. Titular: Radio Torrox Internacional (C.I.F. núm. G-29477627).

Estudios.

Ubicación: C/ Isaac Albéniz. Edf. Miramar, 3.º E. Torrox (Málaga). Centro emisor.

Ubicación: Cerro Gordo.

Equipo emisor: Potencia nominal (w): 1.000. Potencia medida (w): 750.

Otros equipos radioeléctricos instalados: Excitador, OMB, TEX 20, SIN N/S, Amplificador FM, OMB, VJ-1000, SIN N/S.

Sistema radiante y característica de radiación: Polarización: Circular.

Altura del mástil (m): 18.

Tipo de soporte: Torreta celosía.

Núm. elementos: Cuatro.

Marca y tipo: Link.

Otros elementos: Cuatro radiantes de reserva OMB (compartidos con Coastline Radio, S.L.). Cuatro radiantes OMB. Tres Yaqui de 900 MHz. Dos Yaqui 900 MHz. TV.

Enlace estudios-centro emisor:

Tipo de enlace: Radioenlace.

Frecuencia (MHz): 837.0.

2. Con fechas 11 de julio y 1 y 22 de septiembre

de 1994 la Jefatura Provincial realiza controles técnicos de emisiones, en los que se comprueba que la citada emisora continúa emitiendo, con variación, según el último de dichos controles, de algunas de sus características técnicas:

Estudios.

Municipio: Torrox (Málaga).

Domicilio: Urbanización La Charca, Fase 5.ª , núm.6

Torrox Costa.

Denominación: Onda Color.

Frecuencia: 99.3 MHz.

Centro emisor.

Emplazamiento: Cerro Gordo.

Coordenadas: 36º 45 10 N. 03º 55 40 W.

Cota (m): 432.

Sistema radiante: 4 Elementos de polarización circular

en torreta de 18 m.

Enlace estudios-centro emisor: Radioenlace en frecuencia 843.3 MHz.

3. Con fecha 23 de agosto de 1994, la Dirección

General de Comunicación Social cursa Requerimiento

núm. 45/45.94 a la entidad Radio Torrox Internacional,

titular responsable de la Emisora, para el inmediato y efectivo cese de las emisiones radiofónicas y desmontaje de

las instalaciones transmisoras no autorizadas; Requerimiento que, al haber sido devuelto por Correos con la indicación

«se ausentó de Torrox¯, se vuelve a remitir con fecha 14 de octubre, a la nueva dirección facilitada por la Jefatura Provincial, siendo recibido por don Salvador Escudero Salvatierra el día 21 de dicho mes.

4. Por Resolución del Director General de Comunicación Social, de 16 de diciembre de 1994, se acuerda la iniciación del expediente sancionador

18/SG.18/94, en el que se imputa a la entidad Radio Torrox Internacional, titular de la Emisora, la comisión de una infracción de la Ley de Ordenación de Telecomunicaciones, por la realización de emisiones radiofónicas con utilización de frecuencias radioeléctricas sin concesión administrativa, y se

le requiere la adopción de las medidas necesarias para

el inmediato cese de las emisiones y desmontaje de las

instalaciones no autorizadas.

5. Con fecha 30 de diciembre de 1994 se notifica

a la entidad Radio Torrox Internacional la Resolución de iniciación del expediente sancionador, notificación que es recibida por Ana Salvatierra González. En la misma se otorga a la entidad un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime

pertinentes, así como para proponer los medios de prueba que considere oportuno, y se indica que, en el caso de

no efectuar alegaciones sobre su contenido en el plazo

señalado, se podría considerar la misma como Propuesta

de Resolución a los efectos previstos en el art. 13.2

del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

6. Con fecha 16 de enero de 1995, don Salvador

Escudero Salvatierra presenta escrito en el que manifiesta no tener relación con la emisora Radio Torrox Internacional, que, según pudo saber, había sido desmontada en el mes

de septiembre; al tiempo que solicita el archivo de lo

actuado.

7. Por Resolución del Director General de Comunicación Social de 16 de marzo de 1995, se nombra nuevo instructor del expediente sancionador, en sustitución del designado en la Resolución de iniciación, lo que se notifica a la entidad Radio Torrox Internacional por escrito de la Dirección General de Comunicación Social de 28 de marzo de 1995.

8. Según informes de la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de 29 de mayo y 22 de

junio de 1995, la entidad Radio Torrox Internacional, continúa con las emisiones radiofónicas sin haber dado cumplimiento a los requerimientos de cese formulados, utilizando en la actualidad los estudios situados en la Plaza de la Hermita núm. 21, 2.º de Torrox.

HECHOS PROBADOS

A la vista de las actuaciones que obran en el expediente, en base al art.

17.5 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, en relación con el art.

31.2 de la Ley 31/87, de 18 de diciembre, resulta probado: Que la entidad Radio Torrox Internacional, con CIF G-29477627 y

propietaria de la Emisora de FM ahora denominada Onda

Color, viene realizando emisiones radiofónicas sin concesión administrativa en la localidad de Torróx (Málaga), en la frecuencia 99.3 MHz.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. La competencia para resolver el expediente sancionador corresponde al Consejero de la Presidencia, en virtud del art. 2.b) del Decreto 246/91, de

23 de diciembre, sobre competencia sancionadora en materia de servicios de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, en relación con los artículos 10.2 del Decreto 75/1989, de 4 de abril, por el que se regula la concesión de Emisoras de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, art. 36.2 de la Ley

31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, y art.

16.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

2. Los indicados hechos probados constituyen infracción administrativa tipificada en el art. 33.2.a) de la Ley

31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en la redacción dada por la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, según el cual constituye infracción muy grave la realización de actividades radiodifusoras sin título administrativo habilitante cuando sea legalmente necesario, así como la utilización de frecuencias radioeléctricas sin autorización; y ello en relación con los artículos 25.1 y 26.3.b) de la misma, en virtud de los cuales, la prestación en regimen de gestión indirecta de servicios de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia a través de personas físicas o jurídicas, requerirá concesión administrativa.

3. De la mencionada infracción administrativa se considera responsable a la entidad Radio Torrox Internacional, con CIF G-29477627, en cuanto titular de la emisora; y ello en base al artículo 32.1.b) de la Ley 31/87 de 18 de diciembre, que establece que en las infracciones cometidas con ocasión de la prestación de servicios sin la cobertura del correspondiente título administrativo, la responsabilidad corresponderá a la persona, física o jurídica, que realice la actividad, o subsidiariamente a la que tenga la disponibilidad de los equipos e instalaciones por cualquier título jurídico válido.

4. El artículo 34.1 de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, establece que las infracciones tipificadas en su art. 33.2 como muy graves, se sancionarán con multa de hasta diez millones de pesetas (10.000.000 ptas.); y el apartado segundo

de dicho artículo establece que las sanciones impuestas por cualquiera de las infracciones comprendidas en el art.

33, cuando se requiera título habilitante para el ejercicio de la actividad, podrán llevar aparejada como sanción accesoria el precintado de los equipos.

Por todo lo anterior, y vistos los Reales Decretos

1398/93, de 4 de agosto y 1773/94, de 5 de agosto,

sobre procedimiento sancionador, este instructor formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCION

Que se declare a la entidad Radio Torrox Internacional, con domicilio en Urbanización La Charca, fase 5.ª ,

núm., 29770 Torrox Costa (Málaga) y CIF

G-29477627, responsable de la infracción administrativa tipificada como muy grave en el art. 33.2.a) de la Ley

31/1987, de 18 de diciembre, por la realización de actividades radiodifusoras con utilización de frecuencias

radioeléctricas sin concesión administrativa, y se le sancione con una multa de un millón de pesetas (1.000.000 ptas.) en aplicación del art. 34.1 de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones.

Que se imponga como sanción accesoria el precintado

de los equipos radioeléctricos componentes de la instalación, en aplicación del art. 34.2 de la citada Ley.

Sevilla, a 25 de julio de 1995.- La Instructora, Fdo.:

Elisa Espejo Meana¯.

Frente a dicha Propuesta no cabe ejercitar recurso alguno.

Igualmente, se le comunica que, a partir de este

momento, podrá acceder al contenido del expediente, en

el que obran los documentos que se reseñan en el Anexo

adjunto, para su examen en las dependencias de esta Dirección General y en horario de atención al público; y que dispone de un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la recepción de la presente notificación, para formular alegaciones y presentar los documentos e

informaciones que estime pertinentes.

RELACION DE DOCUMENTOS QUE OBRAN EN EL EXPEDIENTE SANCIONADOR 18/SG. 18/94, INCOADO A LA ENTIDAD «RADIO TORROX INTERNACIONAL CANAL INTERNACIONAL¯ POR PRESUNTA INFRACCION DE LA LEY 31/1987, DE 18 DE DICIEMBRE, DE ORDENACION DE LAS TELECOMUNICACIONES

1. Oficio de la Jefatura Provincial de Inspección de

Telecomunicaciones (JPIT) de Málaga, de 10.6.94, remitiendo acta de inspección levantada a la Emisora Radio Torrox Internacional Canal Internacional.

2. Oficio de la Dirección General de Comunicación

Social (DGCS), de 30.6.94, solicitando a la JPIT acta

de comprobación técnica reciente.

3. Oficio de la JPIT, de 22.7.94, remitiendo control

técnico de emisiones.

4. Oficio de la DGCS, de 23.8.94, por el que se

formula Requerimiento núm. 45/45.94 a la entidad Radio

Torrox Internacional Canal Internacional, para el inmediato cese de emisiones y desmontaje de las instalaciones no

autorizadas.

5. Oficio de la DGCS, de 23.8.94, remitiendo a la

JPIT fotocopia del doc. núm. 4 y solicitando comprobación técnica.

6. Oficio de la JPIT, de 6.9.94, remitiendo control

técnico de emisiones en contestación al doc. núm. 5.

7. Oficio de la DGCS, de 20.9.94, solicitando a la

JPIT confirmación de la dirección postal de la emisora.

8. Oficio de la JPIT, de 26.9.94, remitiendo control

técnico y contestando a lo solicitado mediante doc. núm..7

9. Oficio de la DGCS, de 14.10.94, por el que se

reenvía el doc. núm. 4 a Radio Torrox Internacional.

10. Resolución del DGCS, de 16 de diciembre de

1994, de iniciación del expediente sancionador.

11. Oficio de la DGCS, de 21.12.94, por el que se

notifica a Radio Torrox Internacional-Onda Color, el doc. núm. 10.

12. Oficio de la DGCS, de 21.12.94, por el que se

informa a la JPIT del contenido del doc. núm. 10.

13. Diligencia de 10.1.95, por la que se hace constar

la baja de la funcionaria instructor del expediente, como causa justificante de la paralización de actuaciones.

14. Escrito de don Salvador Escudero Salvatierra, presentado el 16.1.95.

15. Resolución del DGCS, de 16.3.95, por la que

se nombra nuevo instructor del expediente.

16. Oficio de la DGCS, de 28.3.95, por el que se

notifica a Radio Torrox Internacional el doc. núm. 15.

17. Fax de la JPIT, de 29.5.95, remitiendo listado

de emisoras que emiten sin autorización.

18. Oficios de la JPIT, de 22.6.95, informado de la

nueva ubicación de los estudios.

19. Propuesta de Resolución.

20. Notificación del doc. núm. 19 a la entidad «Radio

Torrox Internacional, Canal Internacional¯.

Sevilla, 22 de septiembre de 1995.- El Jefe del Gabinete, José María González Alonso.

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