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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
- Asociación Profesional de Trabajadores Autónomos «La Hispanidad«. Santa Fe (Granada).
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
A) Tarifa Base.
a.2 Por Km. recorrido 54 ptas.
a.3 Hora de Espera 1.429 ptas.
a.4 Salida de Aeropuerto 200 ptas.
a.5 Recorrido mínimo 150 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 19 de enero de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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