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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 28 de noviembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 219/92, promovido por Explotaciones Agrícolas Las Mercedes, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que desestima el recurso interpuesto por la Procuradora Dª María Jesús Candenas González, en nombre y representación de la Sociedad Mercantil Explotaciones Agrícolas Las Mercedes, S.A., que impugna en estos autos la resolución dictada por el Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía el 21 de enero de 1992, en expediente núm. 899/71, desestimatoria de recurso de alzada interpuesto contra la resolución dictada por la Delegación Provincial de Jaén en expediente núm. 353/91, dimanante de Acta núm. 323/91, cuya resolución impuso a la recurrente sanción de 80.000 pesetas. Confirmando los actos recurridos por ser conformes a Derecho. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 18 de enero de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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