Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 28/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 9 de noviembre de 1995, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede una subvención al Ayuntamiento de Ubrique (Cádiz).

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Vista la solicitud presentada en esta Delegación por el Ayuntamiento de Ubrique, sobre subvención para la «Reparación de daños en enseres y viviendas de los particulares afectados por las inundaciones¯, al amparo de lo establecido en la Orden de 5 de septiembre 1995, por la que se destinan dos millones de pesetas a las Corporaciones Locales de la provincia de Cádiz cuyos municipios se han visto afectados por inundaciones.

Resultando que se presenta en esta Delegación la citada solicitud de subvención con la documentación necesaria para poder tramitar el expediente de subvención.

Resultando que las lluvias acaecidas durante el mes de agosto en la referida localidad han provocado daños en las viviendas y enseres de la población, tal como se desprende de la documentación remitida por el Ayuntamiento.

Considerando que estudiada la petición y fundamentada en que se trata de reparar los daños sufridos en las viviendas y enseres de los particulares afectados, debido a las lluvias acaecidas durante el mes de agosto en la localidad, tal y como se establece en el artículo 1.º de la Orden de 5 de septiembre.

Considerando que existe consignación presupuestaria para atender la referida solicitud de subvención, según la remisión efectuada por la Consejería a través de la aplicación presupuestaria 01.11.00.01.00.761.00.21B.6, destinada a la reparación de los daños sufridos en viviendas y enseres de las poblaciones afectadas por las inundaciones.

Considerando que esta subvención se declara específica por razón del objeto, obviándose, por tanto, la concurrencia, tal y como se expresa en la Orden de

5 de septiembre.

Considerando que por virtud de lo establecido en el artículo 3.º de la Orden de 5 de septiembre de 1995, se faculta a este Delegado de Gobernación para conceder las subvenciones reguladas en la misma, cualquiera que sea su cuantía, y teniendo en cuenta que habrá de procederse a la publicación en el Tablón de Anuncios de la Delegación de Gobernación y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 9/1993, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994, prorrogada para el ejercicio 1995 por el Decreto 472/1994, de 27 de diciembre.

Y en uso de las facultades que el artículo 5 de la Orden de 5 de septiembre de 1995 me atribuye,

R E S U E L V O

1.º Conceder al Ayuntamiento de Ubrique (Cádiz) la cantidad de 138.830 ptas, en concepto de subvención para la finalidad expresada.

2.º Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4.º Requerir que, en el plazo máximo de 3 meses, desde su percepción justifique el primer pago, correspondiente al 75% de la subvención, mediante la aportación de la certificación en la que conste haber sido registrada en la contabilidad municipal el ingreso de la cantidad percibida, con indicación expresa del asiento contable practicado, así como certificación del pago a los beneficiarios, acompañadas de copia de la orden de pago extendida a favor de los mismos.

5.º Requerir que, en el plazo máximo de 3 meses, desde su percepción justifique el segundo pago, correspondiente al 25% de la subvención, mediante la aportación de la certificación en la que conste haber sido registrada en la contabilidad municipal el ingreso de la cantidad percibida, con indicación expresa del asiento contable practicado, así como certificación del pago a los beneficiarios, acompañadas de copia de la orden de pago extendida a favor de los mismos.

Contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a tenor de lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 9 de noviembre de 1995.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.

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