Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 153 de 29/11/1995

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 15 de noviembre de 1995, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Titulados Medios, opción Informática, de esta Institución.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo establecido en el art. 50 apartado 10 del Reglamento de Funcionamiento y Organización de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Pleno de la Cámara, en sesión celebrada el 30 de enero de

1995, aprobó la Oferta de empleo público, cuyo contenido fue complementado mediante Acuerdo de 21 de septiembre de 1995, incluyendo dos vacantes en el Cuerpo de Titulados Medios: Opción Informática.

En base a lo anterior, el Consejero Mayor, en cumplimiento del Acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno el día 14 de noviembre de 1995, en uso de las competencias que le están atribuidas en el art. 52, apartado e) del citado Reglamento, ha resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Titulados Medios: Opción Informática de la Cámara de Cuentas, de acuerdo con las siguientes Bases:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas en el Cuerpo de Titulados Medios: Opción Informática de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio y por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

1.3. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de Concurso-oposición, con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo II.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser español.

2.1.2. Tener cumplidos los 18 años de edad.

2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas, que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud, cuyo modelo se reproduce en el Anexo I de esta convocatoria, será facilitada en el Registro General de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Avda. Ramón y Cajal, núm. 35, de Sevilla.

3.2. A la solicitud se acompañará:

3.2.1. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

3.2.2. Copia autenticada o fotocopia compulsada del título exigido para tomar parte en esta convocatoria o documento suficiente que lo justifique.

3.2.3. Relación de méritos alegados, así como fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de los mismos. Los méritos se aducirán utilizando el modelo del Anexo III de esta convocatoria y su justificación se efectuará en la forma en que se expone en el apartado B (Acreditación documental) del Anexo II de la presente convocatoria.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, dentro de los 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.4. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Cámara de Cuentas o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.5. El plazo para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.6. Quedan exonerados los aspirantes del pago de los derechos de examen.

3.7. Todas las fases de las pruebas selectivas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

3.8. Las personas con minusvalía que lo deseen deberán reseñar en el apartado 4 de la solicitud las adaptaciones que soliciten, al objeto de establecer las medidas necesarias de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas.

3.9. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. El domicilio que figura en la misma se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la cumplimentación del mismo como la no comunicación de cualquier cambio de domicilio.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía dictará Resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Dicha Resolución se publicará en el BOJA, indicando en la misma los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, en las que constarán el nombre y apellidos del candidato, núm. de su DNI y, en su caso, la causa de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

4.3. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.4. Concluido este plazo, y una vez resueltas las posibles reclamaciones existentes, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos.

5. Tribunal calificador.

5.1. La composición del Tribunal calificador encargado de resolver el concurso oposición es el que figura en el Anexo IV de la presente convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a estas pruebas selectivas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. El Tribunal calificador deberá constituirse antes del inicio de las pruebas selectivas.

5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal calificador con asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, pudiendo el Presidente hacer uso del voto de calidad.

A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización, valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

5.8. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal sin apelación alguna.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Cámara de Cuentas de Andalucía, Avda. Ramón y Cajal núm. 35, Sevilla, teléfono 466.27.01.

6. Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición constará de dos fases diferenciadas, celebrándose en primer lugar la fase de concurso y después la de oposición.

6.2. El baremo del concurso será el que figura en el Anexo II de la convocatoria.

6.3. El temario sobre el que versarán las pruebas de la fase de oposición será el que figura en el Anexo II a la presente convocatoria.

7. Comienzo, desarrollo y calificación del concurso de méritos.

7.1. La calificación de la fase de concurso, se realizará asignando a cada aspirante, la puntuación que corresponda, según el baremo anexo a la presente convocatoria, siendo necesario obtener un mínimo de 6,5 puntos para acceder a la fase de oposición.

7.2. Antes del inicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía, la relación de los candidatos que hubieran superado la fase de concurso, por orden de puntuación obtenida, señalando como no aptos a quienes no hubieren alcanzado la puntuación mínima exigida.

7.3. Los aspirantes dispondrán de un plazo de reclamaciones de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada relación.

8. Comienzo, desarrollo y calificación de la fase de oposición.

8.1. La fase de oposición no comenzará antes de seis meses ni después de nueve meses contados a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria, y el lugar y la fecha del primer ejercicio se harán públicos en el BOJA con una antelación mínima de 15 días.

8.2. No será obligatoria la publicación de los anuncios de celebración de los restantes ejercicios. No obstante, deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía y en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con una antelación mínima de 72 horas.

8.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

8.4. Según el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del R.D.

364/1995, de 10 de marzo, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O¯. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «O¯, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «P¯, y así sucesivamente.

8.5. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

8.6. La fase de oposición constará de los ejercicios que se citan a continuación, siendo todos eliminatorios.

8.6.1. Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar, en un plazo máximo de 3 horas, dos temas; el primero, elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar relacionados con el primer bloque de materias del temario contenido en el Anexo II, y el segundo, elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar relacionados con el segundo bloque de materias de dicho temario.

Una vez finalizado el ejercicio, los candidatos introducirán sus ejercicios en un sobre con su nombre y apellidos, firmando la solapa el interesado y el Secretario del Tribunal, quedando bajo la custodia de éste. Por parte del Tribunal se comunicará a los aspirantes el lugar, el día y la hora en que se realizará por los mismos la lectura en sesión pública de sus respectivos ejercicios, así como el orden de realización de la misma, conforme se establece en el punto 8.4 de la presente convocatoria. Concluida la lectura el Tribunal podrá formular preguntas al opositor sobre los temas expuestos por un periodo máximo de quince minutos.

Este ejercicio tendrá un valor máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener para superarlo un mínimo de 10 puntos y no haber obtenido menos de 5 puntos en la valoración de cada uno de los dos temas desarrollados.

8.6.2. Segundo ejercicio: Consistirá en la realización, durante un tiempo máximo de 3 horas, de un supuesto propuesto por el Tribunal, relacionado con el contenido de las materias del temario previsto en el Bloque II. Este ejercicio se valorará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

8.7. En la valoración de los diversos ejercicios, el Tribunal procederá, si no existe acuerdo unánime, a la suma de las calificaciones parciales de cada miembro dividida por el número de ellos, despreciándose las calificaciones máxima y mínima otorgadas, y se obtendrá la puntuación media a partir de las calificaciones restantes.

8.8. La valoración de la fase de oposición vendrá dada por la suma de la obtenida en los distintos ejercicios. La fase de oposición no podrá superarla un número de aspirantes mayor que el de plazas convocadas, por lo que, en caso de empate, se resolverá a favor del aspirante que mejor puntuación haya obtenido en el segundo ejercicio y, si fueran iguales las puntuaciones de los dos ejercicios, a favor del que mayor valoración hubiera obtenido en la fase de concurso. De persistir el empate, dirimirá la mejor puntuación en el apartado 1 del baremo y, dentro de éste, la del subapartado

1.1. Si siguiera produciéndose algún empate se resolverá atendiendo a la mayor edad de los aspirantes.

9. Calificación final, relación de aprobados y propuesta del Tribunal.

9.1. El orden de la calificación final del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición, resolviéndose los posibles empates según los criterios detallados en el párrafo anterior.

9.2. Si en cualquier momento del proceso de selección, llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los candidatos carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de la misma, previa audiencia del propio interesado, y si se advirtiera inexactitud en la declaración que formuló, se pasará el tanto de culpa a la jurisdicción ordinaria.

El Tribunal comunicará el mismo día la exclusión al Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas.

9.3. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía, la relación de los candidatos que hubiesen superado el concurso-oposición, por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios. Dicha relación será elevada al Consejero Mayor de la Cámara por el Tribunal calificador, con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera de dicha Institución.

10. Presentación de documentos.

10.1. Toda documentación que no haya sido aportada por los aspirantes al presentar la solicitud, deberá ser entregada en el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior.

10.2. En dicho plazo se deberá presentar certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este certificado deberá expedirse por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad Social, se expedirá por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

10.3. Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependiesen para acreditar tal condición.

10.4. Quienes dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

11. Nombramiento de funcionario de carrera y toma de posesión.

11.1. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas, serán nombrados

funcionarios de carrera por el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Los nombramientos se publicarán en el BOJA.

11.2. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación del nombramiento en el BOJA, debiendo asimismo prestar juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

11.3. Se entenderá que renuncia a los derechos derivados de las actuaciones del concurso-oposición quien no tome posesión en el plazo señalado.

12. Norma final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ver Anexo I en página 10.963 del BOJA núm. 149 de 22.11.95

ANEXO II

BAREMO DE MERITOS, ACREDITACION DOCUMENTAL Y TEMARIO

A) Méritos.

1. Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada respecto de los cuatro años anteriores a la convocatoria, conforme a la siguiente puntuación:

1.1. En órganos de Control Externo del sector público.

Por el trabajo desarrollado que tenga relación directa con las actividades a realizar en el Cuerpo al que se aspira, cuyo cometido sea la programación y desarrollo de aplicaciones en el entorno del Gestor de Base de Datos Adabas-Natural. Será requisito necesario que el citado trabajo se haya desempeñado como funcionario de carrera o interino del Grupo B o como Titulado Medio en régimen laboral.

Mes: 0,2.

Año: 2,4.

Máximo: 9,6.

1.2. En otras Administraciones Públicas.

Por el trabajo desarrollado que tenga relación directa con las actividades a realizar en el cuerpo al que se aspira, cuyo cometido sea la programación y desarrollo de aplicaciones en el entorno del Gestor de Base de Datos Adabas-Natural. Será requisito necesario que el citado trabajo se haya desempeñado como funcionario de carrera o interino del Grupo B o como Titulado Medio en régimen laboral.

Mes: 0,1.

Año: 1,2.

Máximo: 4,8.

2. Titulación: Se valorará, como mérito encontrarse en posesión del Título de Ingeniero Técnico Industrial de la especialidad de Informática, con la puntuación de 1.

3. Formación específica: La valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

3.1. Cursos de formación directamente relacionados con la informática y su aplicación en el ámbito de la Administración Pública.

Cada 10 h: 0,1.

Máximo: 2.

3.2. Cursos de formación relativos a materias de Administración General, gestión económico-financiera, de personal y documentación administrativa. Cada 10 h: 0,05.

Máximo: 1.

B) Acreditación documental.

1. Experiencia: La experiencia en órganos de las Administraciones Públicas se acreditará mediante certificación original, o copia compulsada, expedida por el Secretario General o autoridad responsable de la gestión de personal, del Organismo de que se trate, con expresa mención a los extremos especificados a efectos de valoración.

No se computarán los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

2. Titulación: La titulación académica alegada como mérito se acreditará mediante copia compulsada del título correspondiente o del documento acreditativo de tener solicitado y haber abonado los derechos preceptivos.

3. Formación específica: Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante copia compulsada del correspondiente diploma o certificado oficial de asistencia y/o aprovechamiento expedido por la autoridad competente del Organismo que impartió o promovió el curso. En los diplomas o certificaciones de asistencias, o en su caso, de aprovechamiento deberán figurar el número de horas; aquellos cursos respecto de los cuales no se acrediten el mencionado requisito se calificarán a razón de 0,05 o 0,025 puntos, de acuerdo con lo contemplado en los puntos 3.1 y

3.2 del apartado A del presente Anexo.

C) Temario.

BLOQUE I

Tema I. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

Tema II. Las Cortes Generales: Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. La función parlamentaria de control del Gobierno en España.

Tema III. La Corona. El Rey. El orden de sucesión. La regencia.

Tema IV. Los derechos fundamentales en la Constitución española.

Tema V. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal.

Tema VI. La Administración General del Estado: El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales y Directores Generales.

Tema VII. La Administración Institucional: Concepto y clasificación de los entes públicos no territoriales. Los Organismos Autónomos. El Consejo de Estado.

Tema VIII. Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y disposiciones generales. El Consejo Consultivo de Andalucía.

Tema IX. El Parlamento de Andalucía. El Tribunal Superior de Justicia y el Defensor del Pueblo Andaluz.

Tema X. La Administración de la Junta de Andalucía: El Consejo de Gobierno. El Presidente de la Junta. Los Consejeros. Los Viceconsejeros, Secretarios Generales, Secretarios Generales Técnicos y Directores Generales.

Tema XI. La Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

Tema XII. El control interno: Definición. Clasificación. Alcance. Controles internos contables: Clases y objetivos.

Tema XIII. El Control Externo: Organización del Tribunal de Cuentas. Función Fiscalizadora.

Tema XIV. Cámara de Cuentas de Andalucía I: Organización y funcionamiento. Competencias, funciones, composición y atribuciones. Miembros de la Cámara y personal a su servicio.

Tema XV. Cámara de Cuentas de Andalucía II: Informe anual. Informes especiales. Relación entre la Cámara de Cuentas y el Parlamento de Andalucía.

BLOQUE II

Tema I. Arquitectura de ordenadores: La unidad central del proceso. Unidad de control, unidad aritmético-lógica y memoria central: Estructura y funciones. La periferia del sistema físico. Flujo de datos y de control.

Tema II. La memoria central: Definición y funciones principales. Clasificación por sus tecnologías. Diferentes modos de acceso.

Tema III. Los soportes de la información. Soportes tradicionales. Soportes aptos para el tratamiento automático de la información. Soportes magnéticos. Soportes ópticos. Soportes magneto-ópticos.

Tema IV. Concepto de microprocesador. Sistemas basados en microprocesadores. Arquitecturas CISC y RISC. Diseño de sistemas basados en microprocesadores.

Tema V. Sistemas operativos: Evolución histórica. Funciones. Estructura. Elementos. Clasificación.

Tema VI. El modelo de sistemas abiertos: Definiciones y características generales. Nivel físico. Nivel de enlace: Protocolos orientados a carácter. Protocolos orientados a bit. Técnicas de acceso múltiple.

Tema VII. El modelo de sistemas abiertos: Conceptos básicos. Nivel de red: Encaminamiento y control de flujo. Nivel de transporte. Niveles superiores: Nivel de sesión. Nivel de presentación. Nivel de aplicación.

Tema VIII. Sistema operativo Unix: Evolución histórica. Principales versiones y releases. Características. Componentes: Kernel. Shell. Utilidades y herramientas.

Tema IX. Sistema operativo Unix: El tiempo compartido en Unix. Prioridad de procesos: Procesos subordinados, procesos padres y procesos hijos.

Tema X. Sistema operativo Unix: Sistema de ficheros: Tipos. Conceptos sobre el sistema jerárquico de ficheros. Estructura. Creación de un sistema de ficheros.

Tema XI. Sistema operativo Unix. Sistema de Impresión. Administración del sistema: Mantenimiento del sistema. Seguridad del sistema. Mantenimiento de usuarios y grupos de usuarios.

Tema XII. Características básicas de los lenguajes de programación de 4.ª generación. Natural: Objetos relativos a datos. Objetos relativos a procesos. Sentencias Natural.

Tema XIII. Base de datos: Adabas. Modelo conceptual. Diseño conceptual según el método de Chen y el modelo soportado por Predict Case.

Tema XIV. Base de datos: Adabas. Diseño lógico. Representación de objetos conceptuales como relaciones. Procedimientos de normalización de relaciones. Consolidación de relaciones.

Tema XV. Base de datos: Adabas. Diseño interno. Definiciones e ideas básicas. Clases de archivos. Correspondencia entre relaciones y archivos Adabas.

Tema XVI. Fundamentos de la Teleinformática: Conceptos básicos. Redes Telegráficas y Redes Telefónicas. Aplicaciones y elementos.

Tema XVII. Fundamentos de la Teleinformática: Conmutación de transmisión de datos: Conmutación de circuitos, conmutación de paquetes y conmutación de mensajes. Códigos y alfabetos de representación de la información.

Tema XVIII. Redes de comunicación de datos. Red de área local: Topología. Técnicas y medios de transmisión. Control de comunicaciones.

Tema XIX. Redes de comunicación de datos. Red de área extensa: Topología. Redes públicas. Redes privadas.

Tema XX. La auditoría informática: Objetivos. Evaluación de sistemas de información. Fases de realización de una auditoría.

Tema XXI. La auditoría informática: Auditoría de la seguridad. La seguridad de los datos, programas y documentación. La seguridad de la red y las transmisiones.

Tema XXII. La auditoría informática: Auditoría de la ejecución de programas. Auditoría de las aplicaciones operativas. Adecuación de las aplicaciones y de las necesidades de los usuarios. Auditoría de la seguridad de una aplicación.

Tema XXIII. La auditoría informática: Auditoría del mantenimiento de las aplicaciones. Auditoría de la gestión de recursos.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXO IV

Composición del Tribunal.

El Tribunal Calificador encargado de resolver el concurso-oposición, quedará constituido de la forma siguiente:

Titular.

Presidente: Excmo. Sr. Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía. Vocales:

- Don Manuel Moreno Montesino, Jefe del Servicio de Informática de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

- Don José María Rodríguez Sánchez, Jefe de Informática de la Consejería de Agricultura y Pesca.

- Don Antonio Ramos Olivares, Jefe de Informática de la Consejería de Medio Ambiente.

Secretario: Ilmo. Sr. don Pedro Bisbal Aróztegui, Secretario General de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Suplentes.

Presidente: Cargo de la Cámara de Cuentas de Andalucía que ostente la condición de funcionario o funcionario al servicio de la misma en quien delegue el Excmo. Sr. Consejero Mayor.

Vocales:

- Don José Fenández García, Jefe de Informática de la Consejería de Economía y Hacienda.

- Don Antonio Molina González, Jefe de Informática del Instituto de Estadística de Andalucía.

- Don Ignacio García Benito, Adjunto de Planificación y Relaciones Usuarios del Servicio de Informática de la Consejería de Economía y Hacienda. Secretario: Don Enrique Muñoz Juan, Letrado de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Sevilla, 15 de noviembre de 1995.- El Consejero Mayor, José Cabrera Bazán.

Descargar PDF