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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la sentencia dictada con fecha 25 de septiembre de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm. 3237/1994, promovido por Construcciones Laín, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Rafael García-Valdecasas Ruiz, en nombre y representación de Construcciones Laín, S.A., contra la Resolución de 31 de mayo de 1992, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía que declaró inadmisible por extemporáneo el recurso de alzada, acto que anulamos dejándolo sin efecto por no parecer conforme a Derecho y desestimarlo en lo que concierne a la Resolución de la Delegación Provincial de Almería de 17 de diciembre de 1991, por ser conforme a Derecho; sin expresa condena en costas.
Sevilla, 27 de noviembre de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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