Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 161 de 19/12/1995

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 13 de diciembre de 1995, por la que se elevan a definitivas las listas de seleccionados para la adquisición de la condición de Catedrático en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas y Artes Plásticas y Diseño.

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Por Orden de 31 de agosto de 1995 (BOJA 9-IX) se acordó dar cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el recurso contencioso-administrativo núm. 241/94, que anuló la Ordende 7 de febrero de

1994.

Finalizada la tramitación del procedimiento y de acuerdo con lo dispuesto en el punto segundo D) de la citadaOrden de 31 de agosto de 1995, esta Consejería ha dispuesto:

Primero. 1. Resolver las reclamaciones presentadas contra la Resolución de esta Consejería de fecha 2 de noviembre de 1995 por la que se hacían públicas las listasprovisionales de seleccionados y no seleccionados para la adquisición de la condición de catedrático, elevandolas correspondientes listas, una vez efectuadas las modificaciones procedentes, a definitivas.

2. Reconocer la condición de Catedráticos en sus respectivos cuerpos y especialidades a los participantes seleccionados que figuran en los Anexos I, II y III de la presente Orden, con indicación de las puntuaciones totales obtenidas distribuidas por apartados.

3. Exponer en los Tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOJA, durante un plazode 15 días, los listados definitivos de los participantes seleccionados y no seleccionados, con expresión de las puntuaciones obtenidas y las reclamaciones estimadas y desestimadas.

Segundo. 1. Reconocer a los seleccionados referidos en el apartado Primero 2 el complemento de destino de nivel 26 y el complemento específico que les correspondanen función de los puestos de trabajo que efectivamente desempeñen.

2. Los participantes que hayan adquirido la condiciónde Catedrático conforme a la presente Orden, conservaránsu destino actual y tendrán las condiciones económicas reguladas en el punto anterior y las administrativas queen la normativa vigente se establezcan al efecto.

Tercero. 1. A los participantes que hayan adquirido la condición de Catedrático en el procedimiento seguidoen la ejecución de Sentencia, la Administración Educativales expedirá la acreditación correspondiente cuyos efectos administrativos se retrotraerán a la fecha de entrada envigor de la Orden de 7 de febrero de 1994, siendo los económicos de la entrada en vigor de la presente Orden.

2. A los participantes que hayan perdido la condiciónde Catedrático en el procedimiento seguido en ejecuciónde Sentencia, se les anula la misma con los efectos administrativos desde la entrada en vigor de la Orden de 7 de febrero de 1994 y económicos de la entrada en vigor de la presente Orden. Cuarto. Se autoriza a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos a dictar las normas necesarias parael cumplimiento de lo previsto en la presente Orden.

Quinto. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dosmeses a partir del día siguiente a su publicación, recursoContencioso-Administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a la Consejería de Educación y Ciencia, conformea lo establecido en los artículos

37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 13 de diciembre de 1995

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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