Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 162 de 20/12/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 23 de noviembre de 1995, por la que se concede subvención específica, por razón del objeto, a Ayuntamientos de la provincia de Málaga, para actuaciones encaminadas a paliar el absentismo escolar temporero.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Entre las medidas que la Consejería de Educación y Ciencia viene aplicando para desarrollar el Título V de la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo sobre la compensación de las desigualdades en la educación, se encuentran las actuaciones encaminadas a paliar el absentismo escolar y la deficiente escolarización originada por razones socioambientales ylaborales en núcleos de población desfavorecidos, así como por la ultradiseminación de localidades ubicadas en el ámbito rural.

Este objetivo se plasma en una serie de acciones que pretenden evitar la desescolarización de los hijos de trabajadores temporeros que se produce por su desplazamiento desde los lugares de origen a las zonas de trabajo eventual, procurando de forma prioritaria la permanenciade los niños y niñas en su propia localidad o, en su defecto,ofertándoles un puesto escolar en el entorno de los núcleos de destino donde sus padres encuentran trabajo temporero.

La problemática originada es compleja y las actuaciones que hay que acometer, teniendo en cuenta las diversas variables que inciden en la realidad socieconómica de estos sectores de población, requieren de la colaboración y coordinación entre los organismos más directamente afectados, especialmente las Corporaciones Locales. A tal fin, la Orden de la Consejería de Educacióny Ciencia, de 1 de septiembre de 1989 (BOJA del 13 de octubre) determinó el modelo de un Acuerdo Base paraser suscrito entre las Entidades Locales más directamente afectadas y la Consejería de Educación y Ciencia.

En consecuencia, considerando lo anteriormente expuesto, tras el oportuno proceso de detección de necesidades realizadas por la correspondiente Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, con la participación de las Corporaciones Locales afectadas, y efectuada la consiguiente valoración; habida cuenta de que existe crédito presupuestario para subvencionar la realización de estas medidas y no siendo posible promover la concurrencia por la naturaleza específica del objeto a subvencionar; una vez suscritos los Convenios de cooperación en los términos previstos en la anterior Orden de1 de septiembre de 1989, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder subvención específica por razón del objeto, a fin de posibilitar la realización de actuaciones encaminadas a paliar el absentismo escolar, especialmente el temporero, a los Ayuntamientos que se relacionan a continuación y por los importes que se indican:

Ayuntamientos Importes (ptas.)

Periana 6.383.750. Riogordo 2.160.000. Sierra de Yeguas 341.250.

Villanueva de Tapia 805.000.

Villanueva del Trabuco 360.000.

Villanueva de Algaidas 600.000.

Villanueva del Rosario 600.000.

Segundo. Estas subvenciones se imputarán a la aplicación presupuestaria

01.18.00.03.00.46101.00.32F.0 y supone un importe global de 11.250.000 ptas.

Tercero. Estas Corporaciones Locales deberán cumplir los requisitos recogidos en el artículo 21, apartados 7 (a, b, c y d) y 8, de la Ley

9/1993, de 30 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, prorrogada por el Decreto 472/1994, de 27 de diciembre,y demás disposiciones vigentes.

Cuarto. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de noviembre de 1995

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

Descargar PDF