Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 163 de 21/12/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 30 de noviembre de 1995, de la Dirección General de Promoción y Evaluación Educativa, por la que se conceden ayudas para financiar actividades de las Federaciones y Confederaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos y Alumnas durante 1995.

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Habiéndose convocado por Orden de 8 de mayo 1995 (BOJA núm. 73 de 19-5-95) las ayudas para financiar actividades de las Federaciones y Confederaciones de APAs durante 1995, vistas las solicitudes presentadas por la Comisión constituida de acuerdo con el artículo Séptimo 1 de la citada Orden, y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, en virtud de los artículos Noveno y Undécimo de la Orden de Convocatoria, esta Dirección General,

HA RESUELTO

Primero. Conceder las ayudas económicas para financiar las actividades presentadas a las Confederaciones y Federaciones de APAs relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución con sus correspondientes cuantías y con cargo a las aplicaciones presupuestarias 1-18-00.03.48005.32A.6,

1.18.00.18.48900.12J.3 y 1-18-00.18.48900.32F.0.

Segundo. Denegar las ayudas a las entidades relacionadas en el Anexo II de la Resolución con indicación del motivo de exclusión.

Tercero. Las entidades beneficiarias deberán justificar, en el plazo de 3 meses, a partir de la fecha de recepción de la subvención, la correcta inversión de la ayuda concedida mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinada en su integridad a las actividades para las que se le concede la ayuda.

b) Certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad.

c) Memoria descriptiva de las actividades realizadas en las que se recoja, para cada una de las actividades, el grado de cumplimiento de los objetivos programados, así como el número de padres y madres que participaron en las mismas.

d) Carpeta-índice que incluya relación, para cada una de las actividades especificadas en la Memoria, de los gastos así como todos los originales de facturas y de cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida.

Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 30 de noviembre de 1995.- El Director General, Francisco Contreras Pérez.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA] ANEXO II

Nombre Federación/Confederación de APAs: Federación Católica de APAs de Huelva.

Localidad: Huelva.

Motivo exclusión: Presentar documentación fuera de plazo.

Nombre Federación/Confederación de APAs: Federación Local de EE:MM. Públicas de Cádiz.

Localidad: Cádiz.

Motivo exclusión: Presentar documentación fuera de plazo.

Nombre Federación/Confederación de APAs: APA Virgen de la Rábida de Sanlúcar Guadiana.

Localidad: Huelva.

Motivo exclusión: No atenerse a las bases de la convocatoria.

Nombre Federación/Confederación de APAs: APA del CP Ramón García de Estepona. Localidad: Estepona.

Motivo exclusión: No atenerse a las bases de la Convocatoria y presentar la documentación fuera de plazo.

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