Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 165 de 23/12/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 15 de diciembre de 1995, de la Dirección General de Información y Gestión de Ayudas, por la que se establece la convocatoria de las ayudas a medidas horizontales para fomentar métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección y la conservación del espacio natural.

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La Orden de 1 de diciembre de 1995, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se establece un régimen de ayudas a medidas horizontales para fomentar métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección y la conservación del espacio natural (BOJA núm. 163 de 21 de diciembre), faculta en el art. 30 ala Dirección General de Información y Gestión de Ayudas, para la convocatoria de las ayudas establecidas en la citada Orden.

El Decreto 220/94, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca y del Instituto Andaluz de Reforma Agraria (BOJA núm. 142 de 10 de septiembre), atribuye a la Dirección General de Información y Gestión de Ayudas las funciones de gestión y ejecución de los Programas de Ayudas establecidos por la Unión Europea.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 13. 1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 47.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en aras de la mejor gestión técnica de los expedientes:

R E S U E L V O

Primero. Las solicitudes para la concesión de las ayudas a medidas horizontales para fomentar métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección y la conservación del espacio natural, establecidas en la Orden de esta Consejería de 1 de diciembre de 1995, se realizarán según los modelos que se establecen en el Anexo 1 de esta Resolución.

Deberá presentarse el modelo general y cuantos impresos complementarios sean necesarios para la correcta cumplimentación de los datos.

La documentación a aportar con la solicitud de cada una de las medidas horizontales establecidas en la citada Orden será la indicada en el Anexo 2.

Segundo. Dado que el presente Programa de ayudas se establece para un período de cinco años, y las especiales características de cada una de las cuatro medidas horizontales, se fijan los siguientes plazos para la presentación de las solicitudes:

Desde el 2 de enero al 28 de febrero, para las Medidas de Fomento de la agricultura extensiva (H), Conservación de las razas autóctonas en peligro de extinción (H), y Fomento de la agricultura ecológica (H).

Desde el 2 de enero hasta el 30 de octubre, para la Medida de Fomento de la Formación Agroambiental (H).

Tercero. Las solicitudes de ayudas se podrán presentar en las Agencias de Extensión Agraria, Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, así como en los demás lugares previstos en el punto 4 del artículo

38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el punto 2 del artículo 51 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Cuarto. Se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, la resolución de las solicitudes de ayudas de las medidas horizontales: «Fomento de la Agricultura Extensiva¯, «Conservación de las razas autóctonas en peligro de extinción¯, y «Fomento de la Agricultura Ecológica¯, establecidas en la Sección, Tercera y Cuarta, respectivamente, del Capítulo II de la Orden de1 de diciembre de 1995 citada.

La competencia para la resolución de las solicitudes de ayudas de la medida «Fomento de la Formación Agroambiental¯, establecida en la Sección Segunda del Capítulo II de la citada Orden, residirá en esta Dirección General.

DISPOSICION FINAL

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de diciembre de 1995.- El Director General,Félix Martínez Aljama.

ANEXO I

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXO 2

DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA A APORTAR JUNTO A LA SOLICITUD

1. Con carácter general, la documentación a aportar junto a la solicitud de cada medida horizontal será:

- Fotocopia DNI, NIF o CIF.

- Certificado entidad financiera.

- Declaración expresa responsable de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

- Acreditación afiliación al Régimen de la S.S. agraria que le corresponda.

- Acreditar titularidad explotación (excepto formación).

- En caso de ATP, tres de las cinco últimas declaraciones del IRPF (obligatoriamente la de los dos últimos años).

2. Con carácter específico, la documentación exigida para cada medida horizontal será la siguiente:

1. Fomento de la agricultura extensiva (H).

a) Campaña 1996:

- Modelo oficial de solicitud según Anexo I.

- Modelos PE y PC.

- Modelo solicitud H.

- Cédulas catastrales que se refieran a las parcelas agrarias sobre las que se solicita ayuda, así como planoo croquis con la ubicación de las mismas.

- Copia de la última solicitud de ayudas a superficie PAC, donde se indique la superficie de barbecho blanco tradicional.

b) Para los cuatro años siguientes:

- Nuevos solicitantes: Misma documentación que en el apartado 1.a y las de carácter general.

- Solicitantes que ya tienen concedidas ayudas de campañas anteriores y no modifican la superficie de Barbecho blanco tradicional:

- Modelo PC.

- Modelo solicitud H.

- Caso de haber sido considerado ATP, fotocopia última declaración IRPF.

- Solicitantes que teniendo concedidas ayudas de campañas anteriores, soliciten aumentar la superficie debarbecho tradicional: Misma documentación del apartado 1.a.

2. Fomento de la formación agroambiental (H).

- Modelo oficial de solicitud según Anexo I.

- Modelo de solicitud H.

- Presentar un Plan de formación cuando la organización de los cursos, cursillos o seminarios se realicepor las Organizaciones Profesionales Agrarias, Federaciones de Cooperativas, Sindicatos, Organizaciones sin ánimo de lucro.

3. Mantenimiento de razas autóctonas de ganado en peligro de extinción (H)

a) Campaña 1996:

- Modelo oficial de solicitud según Anexo I.

- Modelo de solicitud H.

- Modelo CG.

- Certificado, en su paso, de inscripción en el Registro de la Asociación correspondiente.

- Certificado, en su caso, de inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas.

b) Para los cuatro años siguientes:

- Nuevos solicitantes: Misma documentación que en el apartado 3.a.

- Solicitantes que ya tienen concedidas ayudas de años anteriores y no solicitan aumentar de censo de ganado con derecho a ayuda:

- Modelo de solicitud H.

- Caso de haber sido considerado con anterioridad ATP, fotocopia última declaración IRPF.

- Solicitantes que ya tienen reconocidas ayudas de años anteriores y soliciten incrementar el censo de ganado con derecho a ayudas: Misma documentación que en el apartado 3.a.

4. Fomento de la agricultura ecológica (H).

a) Campaña 1996:

- Modelo oficial de solicitud según Anexo I.

- Modelo de solicitud H.

- Cédulas catastrales de las parcelas sobre las que se solicita ayuda.

- Identificación de las parcelas sobre plano catastral.

- Certificado emitido por el Comité Andaluz de Agricultura Ecológica, donde consten: Inscripción al mismo, especies y superficies inscritas, tiempo de inscripción en el mismo; asimismo deberá hacer constar si las producciones se consideran ecológicas o en fase de reconversión.

b) Para los cuatro años siguientes:

- Nuevos solicitantes: Misma documentación que en el apartado 4.a.

- Solicitantes que ya tienen reconocidas ayudas de años anteriores y no solicitan aumento de superficie decultivos ecológicos:

- Modelo de solicitud H.

- Certificado emitido por el Comité Andaluz de Agricultura Ecológica, donde consten: Inscripción al mismo, especies y superficies inscritas, asimismo deberá hacer constar si las producciones se consideran ecológicas o enfase de reconversión.

- Caso de haber sido considerado con anterioridad ATP, fotocopia última declaración IRPF.

- Solicitante que ya tiene reconocidas ayudas de años anteriores y soliciten incrementar la superficie dedicadaa agricultura ecológica; misma documentación que en el apartado 4.a.

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