Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 5/1/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 12 de diciembre de 1994, por la que se convoca a los titulares de instalaciones y equipamientos de educación ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la presentación de ofertas de contraprestación de sus servicios.

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La Consejería de Educación y Ciencia, en colaboración con la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, contempla dentro de su Programa de Educación Ambiental «Aldea« la utilización de recursos educativos del medio por parte de los centros educativos, a través de la realización de actividades de Educación Ambiental en equipamientos. Así pues, para atender a los centros que sean seleccionados para participar en la convocatoria de Actividades de Educación Ambiental en equipamientos durante el curso 94/95 se hace necesario contar con la colaboración de instalaciones de este tipo radicadas en nuestra Comunidad Autónoma.

Por ello, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Primero.

Convocar a los titulares de todas las instalaciones o equipamientos de Educación Ambiental (Granjas-Escuela, Aulas de Naturaleza, etc.) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para presentar ofertas del uso de sus instalaciones por escolares de nivel no universitario, conforme a las siguientes modalidades:

Modalidad A: Desarrollo de actividades de Educación Ambiental para estancias de 5 días de duración en el equipamiento (De lunes a viernes). Destinatarios: Grupos de 20, 40 u 80 alumnos y alumnas de cualquiera de los siguientes niveles educativos: Segundo Ciclo de Educación Primaria; Enseñanza General Básica; Enseñanzas Medias; Educación Secundaria Obligatoria; Educación de Adultos.

Modalidad B: Desarrollo de actividades de Educación Ambiental para estancias de 1 día de duración en el equipamiento.

Destinatarios: Grupos de 20, 40 u 80 alumnos y alumnas de cualquiera de los siguientes niveles educativos: Segundo Ciclo de Educación Infantil; Primer Ciclo de Educación Primaria; Alumnos y alumnas de Educación Especial.

Segundo.

Las ofertas deberán presentarse mediante solicitud conforme al Anexo que se acompaña en la presente Orden, a la que se adjuntará el proyecto o proyectos educativos para el desarrollo de las actividades de educación ambiental durante las estancias de los grupos.

Tercero.

Los proyectos mencionados en el apartado anterior estarán diseñados para ser desarrollados durante el período lectivo del curso escolar 94/95 y deberán contener al menos los siguientes datos:

a)Modalidad y destinatarios.

b)Características de las instalaciones educativas y de servicios del equipamiento (aulas, talleres, tipo de alojamiento, servicios médicos, etc.).

c)Programación diaria de actividades durante la estancia según la modalidad y destinatarios elegidos: Programación diferenciada para las distintas etapas y/o ciclos educativos; materiales didácticos de apoyo elaborados para la realización de las actividades; mecanismos y criterios de evaluación de sus actividades.

d)Actividades y/o materiales de información previa a las estancias para los centros participantes.

e)Diseño de un curso de formación previa para el profesorado asistente sobre la utilización y aprovechamiento didáctico de las actividades en el equipamiento.

f)Recursos materiales y personales (equipo pedagógico con síntesis de su curriculum y personal de servicios) con que cuenta el equipamiento.

g)Menús de cada período semanal.

h)Calendario ofertado para las estancias de los grupos.

i)Estudio de costos, indicando en cada caso los servicios ofertados, en función de:

- Núm. alumnos por turno (IVA incluido).

- Persona/día (IVA incluido).

Cuarto.El plazo de presentación de las ofertas será de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden. Las ofertas deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Director General de Promoción y Evaluación Educativa de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía (Avda. República Argentina, 21 - 3ª planta, 41001 Sevilla) o bien por cualesquiera de las vías expuestas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común actualmente vigente, o en el artículo 51 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma. En caso de presentar la solicitud en Oficina de Correos deberá entregarse la documentación en sobre abierto para que sea sellada y fechada de Certificado por el funcionario de Correos.

Quinto.

Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se procederá a la resolución de la presente convocatoria. La selección de los equipamientos para la prestación de estos servicios se hará conforme a los criterios siguientes en orden de prioridad:

1.Contenido educativo de los Proyectos.

2.Curriculum y experiencia del equipo pedagógico.

3.Calidad de las instalaciones y servicios.

4.Relación calidad/precio.

5.Ubicación y distribución geográfica de las instalaciones.

Sexto.

Para la selección de las ofertas presentadas se constituirá una Comisión Seleccionadora presidida por el Ilmo. Sr. Director General de Promoción y Evaluación Educativa de la Consejería de Educación y Ciencia o persona en quien delegue y compuesta por dos miembros del Programa de Educación Ambiental de la Consejería de Educación y Ciencia, un técnico de la Consejería de Medio Ambiente y un asesor experto en Educación Ambiental designado por esta Consejería, actuando uno de ellos como Secretario.

Séptimo.

Una vez que la Comisión seleccione las instalaciones y equipamientos que contraprestarán sus servicios para la realización de actividades de Educación Ambiental por parte de los centros educativos se procederá a su publicación en BOJA.

Octavo.

Todos los equipamientos que resulten seleccionados para la contraprestación de sus servicios deberán presentar en esta Consejería de Educación y Ciencia la documentación jurídica, administrativa y sanitaria contemplada en la Ley, así como el correspondiente seguro de accidentes y responsabilidad civil para los asistentes a estas actividades.

Noveno.

La asignación de los turnos de estancia en cada uno de los equipamientos seleccionados se realizará en función de la disponibilidad presupuestaria existente para estos efectos.

Décimo.

El Programa de Educación Ambiental Aldea coordinará y supervisará las actividades que se desarrollen con los centros educativos durante la estancia de los mismos en aquellas instalaciones y equipamientos que se contraten.

Undécimo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos

37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Duodécimo.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en BOJA.

Sevilla, 12 de diciembre de 1994

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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