Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 4/2/1995

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Otros. AYTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA (SEVILLA)

ANUNCIO de bases.

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Este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 25 de enero de

1995, ha acordado modificar las bases que han de regir la convocatoria del Concurso-oposición para la provisión en propiedad, de una plaza de Sargento de la Policía Local, aprobadas en sesión plenaria del día 3 de noviembre de

1994, quedando redactadas de la siguiente forma:

BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO-OPOSICION PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE SARGENTO DE LA POLICIA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE ESTE AYUNTAMIENTO

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad mediante concurso-oposición de una plaza de Sargento de Policía Local. Escala de la Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Grupo de ClasificaciónC, del artículo25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, dotada con las retribuciones básicas y complementarias a tal clasificación. El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidades vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe le sea de aplicación otra incompatibilidad.

2. Requisitos de los aspirantes.

a) Ser español, tener cumplidos dieciocho años de edad, y que no le falten más de diez años para la jubilación.

b) Estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 las mujeres.

c) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando sea preceptivo.

d) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional

2º Grado o equivalente.

e) No padecer enfermedad física o mental o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

f) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2, B2, y compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con lo anterior.

Estos requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

3. Presentación de instancias.

Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancias que les serán facilitadas por el Departamento de Personal de este Ayuntamiento, situado en la Plaza de Andalucía núm. 6 de esta localidad, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente y presentada en el Registro General de esta Corporación, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fijan en cinco mil (5.000) pesetas. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contado a partir del siguiente del de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial¯ del Estado. Los aspirantes que pretendan puntuar en fase concurso, acompañarán a sus intancias los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta. Los documentos habrán de ser originales, legalizados mediante documento notarial o, en caso de presentarse fotocopias debidamente compulsadas por la Secretaría General, previa exhibición del original. Asimismo junto a la Instancia, presentarán un Proyecto de Organización y Funcionamiento de una Jefatura Local de Policía.

4. Admisión de los aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, se publicará en el «Boletín Oficial¯ de la Provincia, resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, y en su caso, causa de no admisión. Los errores podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la resolución anterior establecerá un plazo de diez días para subsanación de errores.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de quince días naturales para solicitar su inclusión, a partir del siguiente en que se haga pública la relación de aspirantes admitidos y excluidos, siempre y cuando acrediten, dentro de dicho plazo, reunir las condiciones requeridas para ser admitidos.

5. Tribunal calificador.

A tenor de lo establecido en el artículo16 del Decreto 186/92, de 24 de noviembre, de la Consejería de Gobernación, el Tribunal estará formado como sigue:

Presidente. El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario. El de la Corporación o funcionario en quien delegue. Actuará con voz y sin voto.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía, nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Un representante de la Junta de Personal.

- El Delegado de Personal, o miembro de la Corporación en quien delegue.

- Un funcionario de carrera designado por el Presidente de la Corporación.

- Un representante sindical, designado por la sección sindical mayoritaria en el Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca.

Todos los vocales deberán tener igual o superior titulación a la exigida para la plaza objeto de esta convocatoria. El Tribunal podrá actuar válidamente cuando concurran cuatro vocales y el Presidente.

6. Desarrollo de los ejercicios.

El calendario de inicio de las pruebas, hora y lugar de su realización, se publicará en el «Boletín Oficial¯ de la Provincia. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

7. Sistema de calificación.

1. Fase Concurso. El Tribunal valorará en primer lugar los méritos conforme al baremo que se une como AnexoI, y se hará público en el Tablón de Edictos de la Corporación, antes del comienzo de los ejercicios de la oposición.

2. Fase Oposición. Constará de los ejercicios que se redactan a continuación.

- Primer ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en las siguientes pruebas físicas:

a) Carrera de velocidad, de 60 metros lisos. El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos ni clavos en las zapatillas. Dos intentos.

b) Carrera de resistencia sobre 1.000 metros. El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. No se admitirá clavos en la zapatillas. Dos intentos.

c) Salto de longitud con los pies juntos. El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0,05 metros de ancha marcada en el suelo paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior al mismo. Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rígidamente el tren inferior para, apoyando los pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia delante y caer en el foso.

Puede realizar dos intentos contabilizándose el mejor. El salto debe realizarse con un solo impulso, estimándose nulo aquél en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Será nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.

d) Lanzamiento de balón medicinal (5 kg.). El aspirante se colocará con los pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza. Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento. Dos intentos. Invalidaciones: Levantar los pies del suelo en su totalidad; que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.

Para la realización de las pruebas físicas, los aspirantes deberán entregar al Tribunal un certificado médico en el que se haga constar que aquél reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas. Los aspirantes deberán superar las cuatro pruebas para ser considerados aptos, según el baremo de tiempos y marcas, según edades y sexo, figura publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm.13 de 6 de febrero de 1993, página núm.840. Los aspirantes que no superen las pruebas serán eliminados.

- Segundo ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar, por escrito, en un período máximo de dos horas, un cuestionario con respuestas alternativas, siendo sólo una correcta sobre el programa de materias, 45 temas, que figuran en la Orden de 29 de enero de

1993, de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, categoría Sargento, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de Cuerpos de la Policía Local de Andalucía. Dicho programa aparece publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número13 de 6 de febrero de 1993, página núm.836.

- Tercer ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la exposición y defensa del proyecto de Organización y Funcionamiento de una Jefatura Local de Policía.

- Cuarto ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en una entrevista personal sobre la actitud de los aspirantes en relación al puesto a desempeñar.

Los ejercicios segundo, tercero y cuarto de la oposición serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos cada uno de ellos.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición y, en su caso, de la otorgada en la fase del concurso.

8. Puntuación y propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación, la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. Seguidamente el tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante seleccionado a la Presidencia de la Corporación, para su nombramiento.

9. Presentación de documentos y nombramientos.

El aspirante propuesto aportará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados, en la forma indicada en la base octava, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda. El del requisito e) de la base segunda habrá de acreditarse a través del Certificado Médico correspondiente.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por la falsedad de su instancia.

Los que tuvieran la condición de funcionario público de este Ayuntamiento, estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.

Cumplidos los anteriores trámites, el Presidente de la Corporación resolverá el nombramiento a favor de aquel aspirante que hubiera obtenido plaza, quien deberá tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al que le sea notificado.

En el caso de que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado, o no reuniese los requisitos exigidos para ocupar la plaza, perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta en la forma prevista, a favor del aspirante que, habiendo superado todos los ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de puntuación.

10. Impugnación e incidencia.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en la forma prevista en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se planteen y tomar los acuerdos necesarios para el normal desarrollo de este concurso-oposición.

ANEXO I

BAREMO QUE HA DE REGIR EL CONCURSO

DE MERITOS

A) Titulaciones Académicas.

- Título de doctor o estudios universitarios de postgrado: 3 puntos.

- Licenciatura o escuela técnica superior: 2 puntos.

- Título de grado medio o diplomado universitario o primer ciclo de licenciatura: 1 punto.

- Selectividad o acceso a la Universidad: 0,5 puntos.

- B.U.P., Bachiller Superior o Formación Profesional de 2º : 0,25 puntos.

No se tendrán en cuenta a efecto de valoración, las titulaciones exigibles para el puesto que se aspira ni las necesarias para obtener la requerida; tampoco se tomarán en consideración más de una ni las superiores en más de un grado a la exigible.

B) Antigüedad.

- Por cada año de antigüedad prestado en la categoría anterior a la que se aspira de los Cuerpos de Policía Local: 0,15 puntos. Máximo 15 años.

- Por cada año prestado en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, en la categoría anterior equivalente: 0,10 puntos. Máximo 15 años.

- Por cada año prestado en otros Cuerpos de las distintas Administraciones Públicas: 0,05 puntos. Máximo 15 años.

C) Formación.

- Por cursos superados en centros docentes policiales, se valorará cada 35 horas con: 0,15 puntos.

Las fracciones con: 0,10 puntos.

- Por curso de interés policial superados en instituciones y escuelas, en función del número de horas de asistencia, estableciéndose por 50 horas lectivas: 0,10 puntos.

Las fracciones se valorarán con: 0,05 puntos.

En los cursos que solamente se ha obtenido asistencia, se valorarán, respectivamente, en la tercera parte. Ser profesor en los cursos anteriores, respectivamente, el quíntuplo de las valoraciones correspondientes.

- Ponencias y publicaciones, se valorarán por el tribunal en función del valor específico e interés policial de las mismas, hasta un máximo de: 1 punto.

D) Otros méritos.

Haber sido recompensado con la Medalla al mérito policial de Andalucía.

- Categoría de Oro: 3 puntos.

- Categoría de Plata: 2 puntos.

Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en pleno, cada una: 0,25 puntos. Máximo 4 Felicitaciones.

Los Palacios y Vfca., 30 de enero de 1995.- El Alcalde.

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