Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 4/2/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 24 de enero de 1995, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se presta conformidad a la permuta de un solar propiedad del Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba) por la construcción de una vivienda por la Promotora Provincial de Viviendas de Córdoba.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba), relativo a la permuta de un solar de 1.063,50 m2 por la construcción de una vivienda de 89 m2, en el mismo se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22.2.l de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril; artículos 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y

119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986 y artículo1.271 del Código Civil.

Correspondiendo a la Delegada de Gobernación de la Junta de Andalucía, dar la conformidad a los expedientes de permuta de bienes cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario (artículo 3º 9 del Decreto 29/1986 de 19 de febrero).

En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer los siguiente:

1º Prestar conformidad a la permuta de un solar de 1.063,50 m2, propiedad del Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba) cuyos linderos son: Al Norte con la Glorieta Príncipes de España; al Sur, con la prolongación de C/ Junco; al Este, con terrenos propiedad municipal y al Oeste con calle de nueva apertura, por vivienda de 89m2 en la edificación que se pretende llevar a cabo sobre el citado solar y de acuerdo con el Proyecto Básico redactado por los Arquitectos D. Juan Pérez-Borbujo Alvarez y D. Gabriel Rincón Martín, visado por el Colegio Oficial con fecha 9.11.94 (Expte. 1531/94). En el documento público que se firme entre el Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba) y Provicosa, deberán establecerse las cláusulas de garantía, tales como las condiciones resolutorias o cláusulas penales que garanticen el cumplimiento de la obligación por parte de la indicada Promotora, en el marco del Convenio suscrito por ambos.

2º Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba).

3º Ordenar su publicación en el BOJA.

Córdoba, 24 de enero de 1995.- La Delegada, Presentación Fernández Morales.

Descargar PDF