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Advertidos errores en el texto remitido de la Orden citada, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
- En la página 102, columna 1ª , en la línea 42, donde dice: «Los suministros de alta de agua ...«, debe decir: «Los suministros en alta de agua ...«.
- En la página 102, columna 2ª , entre las líneas 18 y 19 ha de insertarse por haberse omitido el siguiente párrafo: «El importe de la anterior cuota fija por disponibilidad del servicio por vivienda y mes, en los suministros en que varias se sirvan de un mismo contador, no será inferior a 240 ptas. (IVA excluido).«.
Sevilla, 31 de enero de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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