Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta de que intentada la notificación no se ha podido practicar, se publica la Resolución de esta Dirección General, recaída en el expediente seguido a Federación Andaluza de Minusválidos Asociados (Fama) expte. núm. AL-20/94 (Acumulados: AL-11, 12, 15, 16 y
17/94).
Tramitado el expediente conforme a la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se eleva a Resolución la Propuesta formulada por la Instrucción del expediente, imponiendo una multa de doce millones de pesetas (12.000.000 ptas.) a Federación Andaluza de Minusválidos Asociados (Fama) por la organización de un juego de lotería careciendo de autorización administrativa lo que supone infracción a los artículos 4.1.e) y 6 calificada muy grave según el artículo 28.1 y 2 y sancionada en la cuantía prevista en el artículo 31.1 de la citada Ley. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, con los requisitos señalados en el art.114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía, quedando de manifiesto el expediente en el Servicio de Inspección del Juego, sito en Plaza del Duque de la Victoria, núm. 1-4ª planta de Sevilla.
Sevilla, 26 de enero de 1995.- El Director General, Fabriciano Torrecillas García.
Descargar PDF