Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 21/2/1995

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Otros. AYUNTAMIENTO DE BAZA (GRANADA)

ANUNCIO. (PP. 52/95).

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Aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión del día 2 de diciembre de

1994, el pliego de condiciones económico administrativas que ha de regir el concurso para adjudicar una licencia de auto-turismo, se expone al público durante el plazo de 8 días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOP para que puedan presentarse reclamaciones y, simultáneamente, se anuncia el concurso, si bien la licitación se aplazará cuando resulte necesario en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra las bases.

Pliego de condiciones económico administrativas para la adjudicación mediante concurso de una licencia de auto-turismo para el servico de transporte urbano de viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor, en el anejo de baúl de este término municipal.

Primera. Objeto: El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación por el procedimiento de concurso de una licencia de auto-turismo para la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor, sin contador taxímetro, en el Anejo de Baúl de este Término Municipal.

Segunda. 1. Condiciones generales:

a) Ser español.

b) Haber cumplido 18 años, sin exceder de aquellos que fija la legislación vigente para este tipo de actividad.

c) Hallarse en posesión del permiso de conducción de la clase B-2 o superior a ésta, expedido por la Jefatura de Tráfico.

d) No padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.

e) Carecer de antecedentes penales.

2. Condiciones específicas: a) Compromiso de aportar un vehículo de la categoría de turismo, con un número máximo de plazas no superior a cinco, incluida la del conductor, debiendo figurar esta capacidad máxima tanto en el permiso de circulación como en el certificado de características. La antigüedad del vehículo no será superior a dos años desde la fecha de matrícula inicial.

Tercera. Solicitudes:

1. La solicitud de licencia se formulará por el interesado acreditando sus condiciones personales y profesionales, la marca y modelo de vehículo que utilizaría y acompañando los justificantes que acrediten las circunstancias que en él concurren, en relación a la prelación que señala la cláusula sexta, que serán valorados por el Pleno de la Corporación.

2. Se presentarán dirigidas al Sr. Alcalde en el Registro General del Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a contar de la última publicación de los anuncios de esta convocatoria en el BOP y BOJA.

Cuarta. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la relación de aspirantes a la licencia se hará pública en el Tablón de Anuncios, a fin de que los interesados y las Asociaciones Profesionales de Empresarios y Trabajadores puedan alegar lo que estimen procedente en defensa de sus derechos en el plazo de ocho días.

Quinta. Una vez expirado el plazo de publicación de los anuncios a que hace referencia la cláusula anterior, las solicitudes presentadas pasarán a informe de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento, que lo emitirán en el plazo de ocho días.

Sexta. El expediente, dictaminado por la Comisión Informativa de Gobernación, será resuelto por el Ayuntamiento que adjudicará las licencias.

Séptima. La prelación para la adjudicación de la licencia será la siguiente, por el orden que se establece:

a) Conductores asalariados de los titulares de las licencias de auto-turismos que presten servicio con plena y exclusiva dedicación en la profesión acreditada mediante la posesión y vigencia del permiso de conductor expedido por el Ayuntamiento y la inscripción y cotización en tal concepto a la Seguridad Social. En este caso y de solicitar la licencia más de un conductor asalariado, la adjudicación se realizará por rigurosa antigüedad.

b) De no solicitar la licencia conductores asalariados, la adjudicación se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

- Ser vecino del municipio con un año, como mínimo, de antigüedad de empadronamiento: 2 puntos.

- Experiencia mínima de un año en el servicio de transporte de viajeros: 3 puntos.

- Estar en situación de paro, acreditado por el INEM: 2 puntos.

Octava. Anuncios: Serán de cuenta del adjudicatario el importe de los gastos correspondientes a la publicación de anuncios en los boletines oficiales.

Novena. 1. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa de los documentos justificativos de las condiciones generales y específicas fijadas en la cláusula segunda, salvo los justificantes de las circunstancias que en él concurren en relación a la prelación que señala la cláusula sexta.

2. Los adjudicatarios de las licencias deberán presentar los documentos a que hace referencia el apartado anterior en el plazo de un mes. Y están obligados a prestar el servicio con el vehículo correspondiente, en el plazo de sesenta días naturales, contados desde la fecha de la concesión de licencia.

Baza, 5 de enero de 1995.- El Alcalde.

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