Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 10/1/1995

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE TORREDONJIMENO

ANUNCIO de bases.

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Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante Concurso y procedimiento de promoción interna, de las siguientes plazas, vacantes en la plantilla de la Corporación: a)Una plaza de Oficial 2ª de Obras; b)Una plaza de Auxiliar de Mercado; y, c)Una plaza de Encargado de Instalaciones Municipales, encuadradas todas ellas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, dotadas con el sueldo correspondiente al grupo D y retribuciones complementarias fijadas por la Corporación.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en el Concurso será necesario reunir los siguientes requisitos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias:

a)Ser español/a.

b)Tener cumplidos 18 años de edad.

c)Estar en posesión del Título de Graduado Escolar o equivalente.

d)No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e)No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f)Ser funcionario en activo en la escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Grupo E, de este Ayuntamiento durante un período mínimo de dos años.

Y para las plazas de Oficial 2ª de Obras y Encargado de Instalaciones Municipales, se requerirá, además de los requisitos anteriores:

- Estar en posesión del carnet de conducir B1.

Tercera. Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base segunda, vendrán acompañadas de los justificantes de los méritos alegados y especificados en la Base Séptima, se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de ésta, durante el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Si un mismo aspirante optase a más de una de las plazas objeto del concurso lo solicitará por separado presentando una instancia por cada una de aquéllas por la que opte.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art.

38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr.Alcalde dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el BO de la Provincia, se indicará el plazo de subsanación que, en los términos del art. 76 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos y se determinará en la misma lugar y fecha de comienzo de la calificación por el Tribunal de los méritos alegados por los concursantes.

Quinta. Tribunal calificador.

El Tribunal Calificador, de conformidad con el R.D.896/91, y cumpliendo los requisitos de número, titulación y especialidad exigidos en el artículo 11 del R.D.2223/84, estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Alcalde o persona en quien delegue. Vocales:

- Un representante de la Comunidad Autónoma.

- Un funcionario de carrera de Administración Local designado por el Alcalde, con categoría o titulación igual o superior a la exigida para la plaza.

- Concejal de Trabajo o persona en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz y voto.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario y las decisiones se adoptarán por mayoría.

La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases de la convocatoria. No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.

La designación de los miembros del Tribunal y de sus suplentes, se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Sexta. Comienzo y desarrollo del concurso.

El Tribunal se reunirá para calificar los méritos alegados por los concursantes en el lugar, fecha y hora que se fijará en la Resolución de la Alcaldía donde se declare la admisión y exclusión de los aspirantes a que se refiere la Base cuarta.

Séptima. Méritos a valorar.

Los méritos que los concursantes podrán alegar y que el Tribunal valorará serán los siguientes, referidos, asimismo, a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias:

a)Por estar en posesión del título facultativo superior al exigido para concursar: 0,50 puntos.

b)Por cada año de servicio prestado en esta Corporación en plaza de Administración Especial, Servicios Especiales, Grupo E: 0,50 puntos.

c)Por cada año de estar desempeñando funcionessimilares a cada una de las plazas por la que se opta:0,50 puntos.

Octava. Calificación de los méritos.

El Tribunal calificará a los concursantes en función de los méritos alegados y justificados por los mismos y formará la relación en función de las puntuaciones totales obtenidas por cada uno de ellos.

Los méritos alegados y no justificados no serán valorados. El resultado se hará público el mismo día en que se acuerde y será expuesto en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

Novena. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento. Terminada la calificación de los méritos de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación para formular la correspondiente propuesta de nombramiento.

Al mismo tiempo remitirá a dicha Autoridad, a los solos efectos del art. 23 del Reglamento de 19 de diciembre de 1984, el acta de la última sesión en la que habrán de figurar, por orden de puntuación, todos los concursantes que excedieren del número de plazas convocadas.

Los concursantes propuestos presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Si en el plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, el concursante propuesto a cualquiera de las plazas no presentara la documentación o ésta no reuniese los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia. En tal caso, la Alcaldía formulará propuesta en favor del que le siga en el orden de la lista.

Al tratarse de funcionarios que acceden por promoción interna, el concursante propuesto a cualquiera de las plazas deberá presentar únicamente certificación del Ayuntamiento acreditativa de los servicios prestados, así como copia compulsada del título exigido.

Décima. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso, en todo lo no previsto en estas bases, siendo de aplicación, como legislación supletoria la Ley 7/85 de 2 de abril, Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril; Real Decreto 896/91 de 7 de junio; Ley 30/84 de 2 de agosto; y Real Decreto

2.223/84 de 18 de diciembre.

Torredonjimeno, 11 de noviembre de 1994.- El Alcalde, Miguel Anguita Peragón.

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