Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 22/2/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales

RESOLUCION de 10 de febrero de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la de 26 de agosto de 1994, mediante la que se renueva la acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio dependiente del la Asociación de Lucha contra Dependencias del Norte de Almería Aludena.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 330/1988, de 5 de diciembre, por el que se dictan normas sobre la acreditación de Centros y Servicios de atención a drogodependientes, procede hacer pública la resolución del Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de fecha 26 de agosto de 1994, y cuyo tenor literal es el siguiente:

«Vista la solicitud formulada por D. Juan García Elvira, en nombre y representación de la Asociación de Lucha contra Dependencias del Norte de Almería «Aludena«, en petición de renovación de acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio, sito en calle Venezuela núm.7, 1º B, de Huércal Overa (Almería).

Resultando que el Centro de Tratamiento Ambulatorio sito en Calle Juan de Austria núm.5, 2º B, de Huércal Overa (Almería), fue acreditado por tres años, mediante Orden de 11 de octubre de 1989 del Consejero de Salud y Servicios Sociales, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 330/1988, de

5 de diciembre, por el que se dictan normas de acreditación de Centros y Servicios de atención a drogodependientes. Resultando que con fecha 27 de mayo de 1993, la Dirección General de Coordinación, Docencia e Investigación de la Consejería de Salud autorizó el traslado del citado Centro a las dependencias de calle Venezuela núm.7, 1º B, de Huércal Overa (Almería).

Resultando que el Comisionado para la Droga, a la vista de la solicitud de renovación de la acreditación, con fecha 18 de junio de 1993, emite informe favorable, al seguir cumpliendo dicho centro con los requisitos exigidos en el citado Decreto 330/1988.

Considerando que esta Consejería es competente para resolver sobre la obtención y renovación de las acreditaciones de Centros y Servicios de atención a drogodependientes, conforme a lo dispuesto en los Decretos148/1994, de 2 de agosto, y 154/94, de 10 de agosto, sobre reestructuración de Consejerías y de estructura orgánica de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, respectivamente, y en el artículo6 del Decreto

330/88.

Considerando que conforme a los artículos 6 y 7 del Decreto 330/1988, las acreditaciones se otorgan por un período de tres años, pudiendo ser renovadas si se cumplen los mínimos requeridos para la misma, como es el caso del Centro que nos ocupa.

Vistos los preceptos legales citados, así como los de general aplicación.

RESUELVO

1º Renovar la acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio sito en calle Venezuela núm.7, 1º B, de Huércal Overa (Almería), dependiente de la Asociación de Lucha contra Dependencias del Norte de Almería «Aludena¯.

2º Esta renovación de la acreditación se otorga por un período de tres años, a contar desde su notificación, siendo renovable previa solicitud efectuada con tres meses, al menos, de anticipación, a la fecha de terminación de su vigencia.

3º Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, previa comunicación a este órgano, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa¯.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 10 de febrero de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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