Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 2/3/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 30 de enero de 1995, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm. 1293/92, interpuesto por don Juan José Albar Muñoz.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 1293/92, interpuesto por D. Juan José Albar Muñoz, representado por la Procuradora Sra. Dª Mª Angeles Minguito Sarrión y dirigido por Letrado en ejercicio, contra Resolución de la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente de 1 de junio de 1992, desestimatoria del Recurso de Alzada interpuesto contra otra de la Dirección Provincial de Jaén de la Agencia de Medio Ambiente, recaída en el expediente sancionador número 15/90.

En consecuencia con el Recurso citado anteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado Sentencia con fecha 14 de noviembre de 1994, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «Fallamos: Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Mª Angeles Minguito Sarrión en la representación acreditada de D. Juan José Albar Muñoz, contra la Resolución de la Agencia de Medio Ambiente, de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, de la Junta de Andalucía, de fecha o de junio de 1992, desestimatoria en parte del recurso de alzada interpuesto contra otra anterior de 24 de febrero de 1992, que inadmitió a trámite el recurso de alzada que, a su vez, el actor había deducido contra Resolución de fecha 13 de diciembre de 1991 de la Dirección Provincial, en Jaén de la referida Agencia, que por infracción grave a la Ley de Caza le había impuesto la sanción de diez mil pesetas, con indemnización de diez mil pesetas y quinientas en concepto de comiso de armas, que se anulan por no conformes a derecho al haber prescrito la infracción administrativa. Sin costas«.

En su virtud, este Organismo, de conformidad con lo establecido en los arts.

118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.

Sevilla, 30 de enero de 1995.- El Presidente, José Luis Blanco Romero.

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